INTRODUCCIÓN
En el blog se ha publicado un artículo del P.Cekada sobre el bautismo de deseo y la calificación teológica que merece. De él se extraería, que la tesis merece una calificación según algunos de Fide (o sea perteneciente a la Fe católica, cuya negación implicaría herejía), siendo este el parecer de San Alfonso María de Ligorio. Pero la mayoría de teólogos la reducen a la calificación de «fidei proxima«. Su negación implicaría ser próxima al error contra la Fe o herejía.Y algunos la consideran teológicamente cierta, lo que significaría conexa con los datos revelados. El no aceptarla implicaría ser un error en la teología.
No se ve como, en este presupuesto que avalan la mayoría de los teólogos y tres doctores de la Iglesia, la negación de la tesis libraría a alguien, AL MENOS, de cometer pecado mortal contra la Fe.cristo
Un resumen de las declaraciones del magisterio y de doctores y teólogos puede verse Foro católico.
El tema ha suscitado agrias discusiones en las que no es posible llegar a un acuerdo en lo que parece ser una cuestión irreductible. De hecho no se ha visto que nadie se desdiga de su previa posición. Es más los sustentadores de la negación del Bautismo de deseo llegan a decir que todos los que previamente la han defendido (papas, doctores de la Iglesia post.tridentinos, santos canonizados, misioneros, todos los teólogos post-tridentinos, y los doctores anteriores al Concilio de Trento, Hugo de San Víctor, San Bernardo (con dudas) y sobretodo el Angel de las Escuelas, Santo Tomás de Aquino, siguiendo todos ellos, una declaración tardía de San Agustín sobre los catecúmenos muertos sin bautizar; habrían incurrido en herejía bien que concedan que sería materialiter. Esto último no sería ya el caso de los que actualmente profesan esta doctrina, pues una vez demostrada por ellos su pertenencia al depósito de la Fe, habrían incurrido en herejía formal, de la que no se libraría ni siquiera por ignorancia invencible Si la muerte les sorprende en tan triste estado. sería cierto que no se salvarían y con esta certeza prohibirían (moralmente) , como lo hacen en más supuestos, el que se rece por las almas de estos desgraciados difuntos. Incluso he leído tal prohibición al hijo de una pobre madre fallecida del «Novus Ordo«, por quien no debería rezar ni hacer sufragios, bajo pena de pecado mortal.
Este post es una primera parte de un estudio, al que seguirán otras, en las que intento demostrar que el Magisterio de Trento y posterior avalan la tesis de la existencia del bautismo de deseo, para la justificación y salvación, aunque no sería un verdadero sacramento, por lo que no imprimiría carácter, ni permitiría a la persona participar en los sacramentos. Su pertenencia a la Iglesia-Cuerpo Místico de Cristo- necesaria para la salvación, será aclarada en otro post.
TESIS DEFENDIDA EN ESTE ESCRITO
Yo tengo la convicción firme que proviene de una certeza moral, de que la tesis que defiende la validez del Bautismo de deseo en orden a la justificación y salvación, es algo sobre lo que la Iglesia se ha pronunciado, no sólo en el magisterio ordinario de los papas, sino también en el magisterio extraordinario de un concilio (el de Trento).
De más está decir que estoy dispuesto a retractarme de lo que yo creo es doctrina infalible de la Iglesia, si alguna vez por boca de la autoridad competente se me advirtiera de mi error. Una cosa es la convicción o certeza moral de que algo pertenece a la Fe, y otra cosa es la adhesión a los contenidos de la Fe, a los que implícitamente yo me adhiero al recitar el acto de Fe (creo en todo lo que has revelado y la Iglesia nos enseña). Pudiera ser que me engañe en cuanto a la certeza de que ha algo ha sido revelado o de su proximidad a lo revelado. Por mucho que mi juicio privado me asegure de la calificación teológica descrita, yo estaría dispuesto a renunciar a él en pro de abrazar íntegra y sin tacha la doctrina católica, sin apego al juicio privado, vale decir sin dureza de juicio o «protervia».
Me da seguridad el saber que mi adhesión a esta tesis es la que han profesado los doctores arriba anunciados, todos los santos posteriores a Trento, todos los teólogos, misioneros, y catecismos (como el Romano, y el Mayor de San Pío X y muchísimos más catecismos como los que el lector puede consultar en la barra lateral de este blog. Si ellos no se equivocan sería verdad que la tesis es un dato objetivo de la Fe.
DESCRIPCIÓN DEL ESTADO DE LA CUESTIÓN DE ESTA CONTROVERSIA
La tranquilidad con que se ha mantenido esta tesis en la Iglesia durante los siglos posteriores al Concilio de Trento, fue rota por un sacerdote y enseñante jesuíta en la diócesis de Boston, en los años cuarenta del pasado siglo. Fue el padre Leonard Feeney (1897-1978). Sus seguidores son llamados Feeneyitas, y su tesis Feeneysmo.
¿Qué dijo Feeney?. Por abreviar lo que puede ser ampliamente consultado por ejemplo en Wikipedia, diré que Feeney enseñaba que no se podía ir al cielo, o sea salvarse,mediante el bautismo de deseo. Pero sí admitía que de acuerdo con el Concilio de Trento, alguien podía ser justificado por el deseo del bautismo. Para él ser justificado y entrar en el cielo eran cosas distintas. Aunque contestaba a la objeción inmediata, diciendo que no sabía lo que podía pasar con las almas de aquéllos que murieran tras recibir el bautismo de deseo.
1/Últimamente y al parecer sin conexión con el Feeneysmo, esta idea se propaga por parte del los residentes en el Monasterio de la Santísima Trinidad, Bros. Michael y Peter Dimond, también hermanos naturales. Para entendernos y sin que presuponga por mi parte nada peyorativo son sedevacantistas extremos siguiendo lo que ellos piensan ha sido enseñado por la Iglesia en el Magisterio ex-cathedra, y rechazando el magisterio ordinario si, según su parecer está en contradicción con aquél. Es algo muy recurrido en ellos el citar el texto del Concilio Vaticano I que dice :»..Hay que mantener perpetuamente aquél sentido de los sagrados dogmas que una vez declaró la santa madre Iglesia y jamás hay que apartarse de este sentido so pretexto y en nombre de una más alta inteligencia» Dz 1800.(C.V I sesión 3, Cap. 4 De la Fe y la razón. (no el Cap. 3 como el autor cita en su libro Outside..). No he encontrado en el libro en inglés citada la continuación de este texto que reza así: Crezca pues y mucho y poderosamente se adelante en quilates la inteligencia, ciencia y sabiduría de todos y de cada uno, ora de cada hombre en particular, ora ora de toda la iglesia universal, de la edades y de los siglos; PERO SOLAMENTE EN SU PROPIO GÉNERO, es decir en el mismo DOGMA, EN EL MISMO SENTIDO Y EN LA MISMA SENTENCIA (Dz. 1800), . Que como se sabe es la célebre cita de San Vicente de Lerins en su Commonitorium.
Tampoco me duelen prendas en confesar que sus trabajos sobre este punto y otros muestran una erudición exhaustiva y benemérita difícil de encontrar en otras fuentes. Su doctrina sobre este punto está recogida en el extenso libro, traducido al castellano «Outside the Catholic Church there is absolutely no salvation» 2nd. edition 2006. Véase la traducción castellana en los textos digitales de este blog y aquí. Aparte del punto estudiado en este blog puede obtenerse doctrina sobre la Ignorancia invencible (que es la de Santo Tomás) y la no salvación de los niños muertos sin bautizar (mantenida por la Iglesia hasta ayer mismo) y el objeto propio del libro que en su título se indica.
2/La otra posición sería la mantenida por los teólogos preconciliares (Vaticano II) en su totalidad. Y que es la que defiendo en este blog. Puede verse la cita del blog anteriormente citado, para un resumen de ésta doctrina.
3/ Por último está la posición defendida por la mayoría de los católicos posconciliares en la actualidad que se inspira/refleja en el Catecismo de la Iglesia Católica. Me remito-por no alargar este escrito- a la consulta de este Catecismo en los puntos que interesan que constituiría una posición interpretativa extrema de la doctrina tradicional en cuanto al Bautismo implícito de deseo, y a la suerte de los niños muertos sin bautizar(en clara ruptura, en mi opinión, con el Magisterio anterior).
Vengamos en primer lugar a demostrar la torcida, según creo, interpretación del Concilio de Trento, absolutamente dispar con la hecha por la Iglesia posterior a ese concilio.
Cerraré el post, para no que no sea excesivamente largo, con el apartado siguiente. Pero en el futuro seguiré con otros aspectos de la defensa de la Tesis, en otras entradas.
INTERPRETACIÓN ERRÓNEA DEL CONCILIO DE TRENTO.
Los defensores de la no existencia del Bautismo de deseo se apoyan, en parte, en una interpretación particular del Concilio de Trento que yo considero abusiva y por lo mismo falsa y que es contraria al Catecismo Romano y demás catecismos, a la teología posterior a Trento, y al magisterio ordinario- por lo menos permitiendo y alentando- de los papas posteriores a Trento.
Lo que dice este Concilio sobre el Bautismo de deseo, está en dos famosos cánones que reproduzco, para su análisis, primero en latín y después en castellano:
Canones de Sacramentis in genere. Can.4 Sessio. VII Dz.847
Si quis dixerit, sacramenta novae Legis non esse ad salutem necessaria, sed superflua, et sine eis AUT EORUM VOTO per solam fidem homines a Deo gratiam iustificationis adipisci licet omnia singulis necessaria non sint a.s. (ANATHEMA SIT)
Sess. VI Decretum iustificationis, cap. 4 Insinuatur descriptio iustificationis impii, et modus eius in statu gratiae Dz. 796
Quibus verbis iustificationis …translatio ab eo statu in quo homo nascitur filius primi adae, in statum gratiae et adoptionis filiorum (Rom. 8, 15)Dei per secundum Adam Jesum Chistum Salvatorem nostrum; quae quidem translatio post Evangelium promulgatum SINE LAVACRO REGENERATIONIS (can 5 de bapt.) AUT EIUS VOTO fieri non potest, siicut scriptum est: Nisi quis renatus fuerit ex aqua et Spiritus Sancto, non potest introire in regnum Dei ( Io.3,5)
En Castellano:
CONCILIO DE TRENTO 1545-1563
Cánones sobre los sacramentos en general (canon n.º 4): sesión VII. cANON 4. Dz.847
«Si alguno dijere que los sacramentos de la nueva ley no son necesarios, sino superfluos para salvarse; aun cuando no todos sean necesarios a cada particular, y[ si dijere] que los hombres sin ellos, o sin el deseo de ellos (sine eis auteorum voto), alcanzan de Dios, por la sola fe, la gracia de la justificación; sea excomulgado».
Decreto sobre la justificación (session 6ª, capítulo 4º): Dz.796
«En esas palabras se describe la justificación del pecador: de suerte que es tránsito de aquel estado en que el hombre nace hijo del primer Adán, al estado de gracia y adopción de los hijos (Ro. 8:15) de Dios por el segundo Adán, Jesucristo nuestro Salvador; y esta traslación no se puede lograr, después de promulgado el Evangelio,sin el bautismo o sin el deseo de él (sine lavacro regenerationis aut eius voto);según está escrito: El que no naciere de agua y del Espíritu Santo no puede entrar en el reino de Dios (Juan 3:5)».
Del análisis del primer texto- (canon 4 Sess. 7) puede derivarse, como creo demostrar a continuación, los siguientes puntos:
1. SIN los sacramentos de la nueva ley o sin EL DESEO DE ELLOS no puede alcanzarse la gracia de la JUSTIFICACIÓN
- Esto está referido a todos los sacramentos o por lo menos los necesarios para la justificación
-
Está claro que estrictamente- aunque no accidentalmente- para la justificación serían necesarios los sacramentos propios de la justificación, de los cuales en primer lugar el BAUTISMO– sacramento de la justificación por antonomasia– sin el cual nadie podría justificarse (como se dice en la cita del texto -Sess 4, cap.6- siguiente) y en segundo lugar la Penitencia, solo para el hombre caído en pecado después del bautismo.
Vamos al primer texto y analicemossu estructura gramatical para obtener su sentido:
«...y [si dijere] que los hombres sin ellos, o sin el deseo de ellos (sine eis aut eorum voto), alcanzan de Dios, por la sola fe, la gracia de la justificación; sea excomulgado»».
está diciendo » quien diga que sin A (sin ellos) o sin B (sin el deseo de ellos)… por solo C (por la sóla Fe), alcanzan D (la gracia de la justificación) SEA ANATEMA.
Luego quien diga que si se da C, se alcanza D, sin A.. o (AUT) sin B está excomulgado.
Que es decir que D se alcanza no por sólo C , sino que se necesita uno de los dos A o B. Bastando sólamente uno de los dos, bien sea A o bien sea B.
En forma lógica se escribe así:
D= C + A (o B). Pudiendo bastar A o B
JUSTIFICACIÓN = FE + SACRAMENTOS «IN RE» (A) (o «IN VOTO» = B). Pudiendo bastar B (el Sacramento in voto).
Lo que es decir que para que la Justificación se obtenga son necesarios además de la Fe (aunque no sóla) los Sacramentos, recibidos O AL MENOS DESEADOS (con las debidas salvedades). que es decir que puede haber circustancias en que el deseo del sacramento (por ejemplo el bautismo) bastará para obtener la justificación y la salvación.
Ahora vamos a ver ejemplos concretos para que se haga más intuitivo el razonamiento para quien no esté acostumbrado al uso de los silogismos o razonamientos lógicos. Después veremos el razonamiento que aporta el autor Peter Dimond e intentaremos demostrar que es FALAZ o sea utilizaría una auténtica falacia, para resolver la objeción que se presenta a su tesis general extraída de textos ex-cathedra.. No estamos diciendo que lo utilice con MALA FE o MALA VOLUNTAD, sino que utiliza un falso razonamiento lo que aparece patente en el ejemplo que aporta, que también analizaremos.
Ejemplos paralelos a la sentencia de trento en el canon 4.
Los pongo para que se vea de una manera intuitiva la consecuencia de lo dicho anteriormente, para quien no esté acostumbrado a los silogismos (razonamientos) propios de la lógica aristotélica y escolástica.
1. ..y si alguien dijere que no es necesario que los pacientes coman carne (A) o pescado(B), sino que comiendo sólamente verduras(C), alcanzarán la salud (D), estarían equivocados.(Anatema ..)
Es obvio que la simetría es perfecta con la sentencia del canon 4 y puede escribirse en términos de la Lógica así:
si dado sólo C pero NO ( SIN) A o B se da D ..ESTO UN ERROR. que es decir para que se dé D es preciso no sólo C sino uno de los dos A o B,
D= C + A (o B). Pudiendo bastar A o B
Lo que dicho en términos vulgares sería que está equivocado quien crea que la salud se alcanza comiendo sólo verduras pero SIN comer carne o pescado (basta una de estas dos ingestas)
Otro ejemplo:
si alguien pretende entrar SIN la carta de identidad (A) o (AUT) el libro de familia (B), sólo con el permiso del ayuntamiento (C) , al salón de plenos…..Será impedido de hacerlo (D)
O sea no podrá entrar en el Salón de plenos (D) quien sólo traiga el permiso del Ayuntamiento (C) pero no la carta de identidad (A) o (AUT) el libro de familia (B) (bastando sólo uno de estos dos documentos
Terminamos este punto del análisis del Canon 4 de Trento en la sesión VII. analizando las inconsecuencias que, em mi opinión- Peter Dimond comete tanto en su razonamiento como en el ejemplo que aporta. Sacadas del libro original en inglés y de su traducción al castellano del sitio vaticanocatólico.com.
su razonamiento es el siguiente:
el canon no está declarando que que cualquiera de los dos [nota mía: las dos maneras de aprovecharse de los sacramentos «in re» o «in voto«] es suficiente sino que está condenando a aquellos que dicen que ninguno de los dos [ nota mía: exactamente dice que sin ellos [los sacramentos [usados de una u otra manera, in re o in voto], pueda recibirse la gracia de la justificación..[pág. 96..]
Respuesta:
En primer lugar el canon lo que dice es
et [si quis dixerit] sine eis AUT EORUM VOTO per solam fidem homines a Deo gratiam iustificationis adipisci… ANATHEMA
..y [si alguien dijere] que sin ellos o sin el deseo de ellos, por la sola fe los hombres pueden recibir la gracia de la justificación. (esta es la traducción obvia que traen todas las traducciones de Trento)
el B. Dimond se enmaraña apartándose del sentido latino achacándo la supuesta mala interpretación a una mala traducción..
Lo que se dice a la letra es que quien diga que con la sola fe, sin ellos[los sacramentos] in re o in voto, puede alcanzarse la gracia de la justificación… sea anatema.
La deducción obvia es que puede decirse que la gracia de la justificación se alcanza con ellos , in re o in voto, y que por lo tanto se deduce que es suficiente para la justificación [usar ] los sacramentos bien in re, bien in voto.
Pero aun concediendo la interpretación de B.Dimond de que el canon viene a decir que se excomulga a quien diga que los sacramentos no son necesarios bien in re o in voto, aunque en realidad a la letra no dice exactamente eso, y que no se deduce de ello que sea suficiente el usarlo «in voto», la realidad es que es una deducción necesaria puesto que si se condena que no es necesario recibirlos-in re o in voto, se dice positivamente que ES SUFICIENTE recibirlos de una de las dos maneras, o al menos que puede ser suficiente.
Comentario del ejemplo de Bro. P.Dimond:
«Si alguno dijere que la Virgen María posee el reinado del cielo sin el permiso de Dios o por ser digna de él sino que asume este reinado sólo por usurpación, sea anatema»
El dice que el ejemplo es claramente similar al canon. Lo cual es falso.
En primer lugar «por ser digna de él«, algo claramente insuficiente o que incluye el permiso de Dios (porque nadie sería digno del Reino contra el permiso de Dios), no es equiparable a «in voto» ( que no tiene porqué ser insuficiente en hipótesis). Y además es evidente que estas dos disyuntivas no lo son en realidad porque sin el permiso de Dios, no existiría el «ser digna» o sea no son «excluyentes» más bien se incluyen… Al paso que los dos términos » los sacramentos [in re] o el deseo de ellos» son términos excluyentes como demuestra la conjunción AUT. En segundo lugar «Sólo por usurpación» no es equiparable a decir «sólo por la Fe», ya que la Fe es necesaria para la justificación , o sea decir por la Fe, es algo verdadero, aunque es falso decir que «sólo por la Fe». Pero decir «por usurpación» o «sólo por usurpación«, son las dos cosas falsas. Luego no hay semejanza en los ejemplos. Lo que se derive de este ejemplo no es aplicable al canon 4.
En su ejemplo se empeña en decir que son necesarios las dos disyuntivas como si AUT fuera ET- juzgando de ello apriorísticamente. Lo mismo hace en el decreto de justificación, del que ya hablaremos, en el que comete la misma falacia o sea decir que AUT Y ET SON LO MISMO.
En realidad Bro.Dimond no puede poner un ejemplo equiparable al canon, porque su consecuencia sería necesariamente el admitir como suficiente uno de los dos términos de la disyuntiva por lo menos como posiblemente suficiente.
. El ejemplo que pone es claramente no equiparable al canon, o por mejor decir es claramente diferente y además no parece que de él se derive la no suficiencia de uno de los dos términos de la disyuntiva.
Según él sería improcedente colegir que sólo por ser digna de él, la Sma.Virgen poseería el reinado del cielo.
Pero comparándolo con el canon habría que decir que la consecuencia lógica sería decir que no es improcedente colegir que la Virgen posee el reinado bien por permiso de Dios, bien por ser digna de él. O sea por una de las dos cosas [y no por sólo la segunda como dice B.P.Dimond] .
EL ANÁLISIS LÓGICO DE B.P.DIMOND ES – en mi opinión-UNA FALACIA. FALLA EN DECIR QUE DE LA PROPOSICIÓN DEL CANON NO SE DEDUCE LA JUSTIFICACIÓN POR EL DESEO DEL SACRAMENTO.
EL EJEMPLO QUE DA TAMBIÉN ES UNA FALACIA PORQUE NOS HACE CREER QUE LO CORRECTO SERÍA ACEPTAR LAS DOS PARTES DE LA DISYUNTIVA.
EN REALIDAD DE ESTE CANON DE TRENTO SE DEDUCE LÓGICAMENTE LA JUSTIFICACIÓN POR EL DESEO DE LOS SACRAMENTOS- Y DEL BAUTISMO EN PRIMER LUGAR.
Análisis del Decreto sobre la justificación (session 6ª, capítulo 4º): Dz.796
«En esas palabras se describe la justificación del pecador: de suerte que es tránsito de aquel estado en que el hombre nace hijo del primer Adán, al estado de gracia y adopción de los hijos (Ro. 8:15) de Dios por el segundo Adán, Jesucristo nuestro Salvador; y esta traslación no se puede lograr, después de promulgado el Evangelio,sin el bautismo o sin el deseo de él (sine lavacro regenerationis aut eius voto);según está escrito: El que no naciere de agua y del Espíritu Santo no puede entrar en el reino de Dios (Juan 3:5)».
El Br. Peter Dimond interpreta el aut que sigue al sine como si fuera la preposición et.
Para esto trae el permiso de una latinista.
Y además lo hace también como deducido de la cita bíblica «Sicut scriptum est…»
La conjunción AUT, tanto en latín como en castellano y en otras lenguas equivale a la preposición et, en frases como la que siguen (tomadas de la vida real)
En este bar se prohibe cantar O bailar.
En este lugar queda terminentemente prohibido HACER AGUAS MENORES O MAYORES»
En el vagon [de metro] se multará[se prohibe] el fumar O llevar el cigarrillo encendido.
En esta playa no se puede nadar o introducirse en el mar.
Hay miles de ejemplos usados hoy día. Hay una frase que sigue- sin alguna preposición como SIN- a una prohibición, interdicción, amenaza, etc… en el que cualquiera entiende que los dos términos de la disyuntiva son afectados por igual o sea conjuntivamente por el primer término de la frase. En ese caso AUT es intercambiable por ET.En castellano O es intercambiable por Y. Porque en realidad es o equivale a una conjunción «conjuntiva» y no «disyuntiva».
Pero hay otras frases en que la oración subordinada sigue a la preposición SIN, en latín SINE. También en la oración inversa seguiría a la preposición CON u otra preposición que restrinja el sentido de la primera parte disyuntivamente. En este caso los términos en disyunción afectan disyuntivamente a la primera parte de la frase, pero no conjuntivamente- o sea unidos, conjuntos. La conjunción AUT, es en realidad una conjunción «disyuntiva» y no «conjuntiva».
ejemplos:
Nadie podrá entrar en el salón de plenos SIN el carnet de identidad o el libro de familia.
El enfermo no obtendrá la salud SIN llevar una dieta de verduras o de frutas.
Nadie podrá entrar en este local SIN el traje de etiqueta o uniforme militar.
Y por limitarnos al decreto de Trento:
No se podra obtener la justificación sin .el bautismo(lavamiento de la regeneración) O sin el deseo de él:
En latín:
quae quidem translatio fieri non potest SINE LAVACRO REGENERATIONIS (can 5 de bapt.) AUT EIUS VOTO.
Esta frase es exactamente igual en su estructura a las anteriores, y necesariamente involucra que la disyuntiva de la oración subordinada, sea una verdadera disyuntiva que afecta, en cuanto disyuntiva, a la oración principal.
Nadie podrá presentarme- en latín o en castellano o en otra lengua-una oración compuesta con la preposición Sine-sin-whithout separando las dos partes, equiparable al canon, en la que la conjunción disyuntiva AUT- O- OR, equivalga a la conjunción ET-Y-AND… Bro. Dimond debería preguntar a la señora latinista que avala su interpretación que le presente un solo caso de una oración latina-en la latinidad gentil o eclesiástica- en la que en una subordinada seguida de SINE la conjunción AUT pueda tener el significado de ET.
El ejemplo que pone es francamente ridículo:
Nadie podrá entrar en… sin tomar una ducha o sin el deseo de ella. Queriendo decir que son necesarias las dos cosas, Porque un bautismo sin deseo de él no sería válido. Pero eso siempre se ha dicho sin necesidad de indicarlo. Los bautismos por broma, befa de la religión o falsos bautismos para obtener un salvaconducto (de la persecución nazi a los judíos por ejemplo- a nadie se le ha ocurrido pensar que fueran válidos, y no haría falta que Trento nos lo recuerde en un canon. Trento no toma a los católicos por imbéciles.
Como si en un colegio se pusiera un letrero: Nadie podrá, después de hacer deporte, entrar en la sala de estudio sin antes tomar una ducha o sin el deseo de ella. Imáginénse qué pasaría si un alumno quisiera entrar sin ducharse en la sala de estudio, aduciendo que aunque no se había duchado sí había tenido el deseo de hacerlo.
Cualquiera que haya leído este decreto entenderá que se trata de una oración principal seguida de una subordinada verdaderamente disyuntiva. O sea la primera parte de la oración se refiere a cualquiera de las dos partes, excluyentemente consideradas, de la subordinada. Haga el lector la prueba en su lengua o en otra y no encontrará ninguna oración principal seguida de SIN y una subordinada que tenga términos conjuntivos separados por la conjunción O que pueda interpretarse como si la O fuera una Y..
Así lo han interpretado todos los autores de los catecismos, los doctores de la Iglesia (dos), teólogos, santos, misioneros en países de infieles, párrocos (a los que fue dirigido el Catecismo Romano), catequistas, el Santo Cura de Ars que estuvo involucrado en una revelación privada sobre el bautismo de deseo (como en otro post diré).. y sobretodo los papas posteriores a Trento que en su magisterio ordinario, permitieron escritos, alentaron la difusión de Catecismos(por ejemplo el Romano cuyos autores, es evidente conocieron Trento muy bien) o aludieron en su magisterio ordinario a esta interpretación del famoso decreto de Trento. Con razón Feeney no niega el sentido obvio del decreto de Trento, aunque interpretando el Magisterio anterior a la letra, excluya que los justificados, por el mero hecho de serlo, sin el bautismo de agua, entren en el cielo. cuando se le preguntó que adonde iban al morir los justificados por el bautismo de deseo, contestó literalmente I D’ONT KNOW. No lo sé. Lo cual es más que ridículo.
[ Edito y añado: Creo que el problema fundamental de los dimonds es no aceptar lo que está definido solemnemente en el Concilio Vaticano I en la constitución Dei Filius: La infalibilidad del magisterio Ordinario y Universal de la Iglesia. Ellos no parecen inmutarse al decir que toda la iglesia, con sus Papas, obispos, puedan errar durante 4 siglos afirmando herejías (aunque benignamente admiten que serían herejías materiales, salvo ahora que ya serían formales cuando ellos han ellos han hecho una correcta interpretación del magisterio Ex-Cathedra y del Concilio de Trento. Además yerran en limitar la infalibilidad d ellos papas al magisterio Solemne o extraordinario. Pero el magisterio ordinario también cae dentro de la definición pastor Aeternus, como bellamente explica el Catecismo mayor de San Pío X (pero no en la versión falsificada publicada en España por la FSSPX (como explico en el post Falsificaciones en el catecismo de San Pío X), que en su versión original como se lee en el anterior enlace dice:
Il papa DA SOLO non può errare .. cuando da Pastore e Maestro di tutti i cristiano definiste doctrina circo la fede e i costumi.
Pues bien tanto el Magisterio del Concilio de Trento, ojo el magisterio Ordinario y Universal de la Iglesia, así como el Magisterio ordinario de los papas hablando como pastores y maestros de todos los cristianos han DEFINIDO la verdad del Bautismo de deseo. Todo esto convierte a los dimonds en herejes, que además con increíble orgullo y prepotencia, tachan de herejes a todos los demás, Papas, obispos, doctores, santos, etc..
TODA LA DISCUSIÓN SOBRE EL ALCANCE DEL CANON Y DEL DECRETO DE TRENTO, SE LIMITA A UNA FALSA INTERPRETACIÓN DE LA CONJUNCIÓN AUT DESPUÉS DE ORACIONES PRINCIPALES SEPARADAS POR LA PREPOSICIÓN SIN. SE AFIRMA ARBITRARIAMENTE QUE EQUIVALE A ET.
Todo esto lo complementaré en futuros posts. De momento baste sacar la conclusión obvia de este decreto de Trento.
Tampoco prueba nada el decir que el texto bíblico que se halla en este decreto, es una frase categórica de N.S. Jesucristo. Porque esa frase se ha aceptado siempre en el sentido que puede dárselo la frase «In re vel in voto», que es lo que siempre se ha hecho desde Trento. Y no se diga que esto es alterar la esencia de la sentencia bíblica porque el católico tiene que aceptar la LEGÍTIMA EVOLUCIÓN DEL DOGMA-según el parecer del Magisterio- como dice el decreto que tanto cita B.P.Dimond, del Concilio Vaticano I pero sin citar la segunda parte que es precisamente la que permite interpretar la Escritura o el Magisterio como pasables de una legítima evolución, PERO SOLAMENTE en su comprensión, interpretación o hermenéutica.
«..Hay que mantener perpetuamente aquél sentido de los sagrados dogmas que una vez declaró la santa madre Iglesia y jamás hay que apartarse de este sentido so pretexto y en nombre de una más alta inteligencia» Dz 1800.(C.V I sesión 3, Cap. 4 De la Fe y la razón. (no el Cap. 3 como el autor cita en su libro Outside..). No he encontrado en su libro en inglés citada la continuación de este texto que reza así: Crezca pues y mucho y poderosamente se adelante en quilates la inteligencia, ciencia y sabiduría de todos y de cada uno, ora de cada hombre en particular, ora ora de toda la iglesia universal, de la edades y de los siglos; PERO SOLAMENTE EN SU PROPIO GÉNERO, es decir en el mismo DOGMA, EN EL MISMO SENTIDO Y EN LA MISMA SENTENCIA (Dz. 1800), . Que como se sabe es la célebre cita de San Vicente de Lerins en su Commonitorio.
Quizás aquí radique lo que verdaderamente sustenta la entera interpretación de B.Dimond del bautismo de deseo. NO ACEPTA LA LEGÍTIMA EVOLUCIÓN DEL DOGMA [que nadie se asuste oyendo lo de evolución, porque en realidad quiere decir profundización en el contenido del dogma por una más clara inteligencia revelando lo que implícitamente estaba contenido en él, haciéndolo explícito, como sucedería por ejemplo en la proclamación de la Inmaculada Concepción]. Sino interpreta el Magisterio ex-cathedra- él excluye el ordinario si no se remonta a los tiempos anteriores a Trento- totalmente a la letra. En ese sentido tendría razón. Pero se tropieza con los claros decretos y cánones de Trento que estarían en contradicción con la letra del magisterio anterior, si no se aceptara la legítima evolución en la Iglesia de su comprensión, que es uniforme y homogénea con la comprensión anterior del dogma, explicitando lo que anteriormente era implícito.
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La Iglesia Católica sostiene firmemente que los Dogmas no pueden EVOLUCIONAR, porque la Verdad no cambia, es verdad ayer, hoy y siempre. Porque Dios siempre es el mismo: «Yo soy el SEÑOR, no cambio; por esto, hijos de Jacob, no cambiéis. ( Malaquías 3:6 ). Las resoluciones y las leyes de Dios no cambian, de lo contrario no sería Dios, entonces ¿quién podía confiar en Él?
Lo que se puede hacer es ampliar y profundizar el conocimiento de esas Verdades…
Ahora, yo me pregunto: ¿No hay que tener mucha soberbia en decretar una Verdad hoy para toda la eternidad? ¿Acaso los hombres que decretaron un Dogma tuvieron la visión completa de esa Verdad en ese momento? No pueden equivocarse porque el Esp. Santo que es Dios no se equivoca…
La evolución de dogma es un error de los Modernistas.
San Pio X, P:12-13,25-27
La evolución de dogmas y doctrinas está condenadas.
San Pio X, P:12-27
El magisterio de la Iglesia no puede determinar ni siquiera por medio de definiciones dogmáticas, el genuino sentido de las Sagradas Escrituras. Condenado.
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«¿Evolucionan los dogmas de la Iglesia? Tal podría ser la pregunta que se formulase el lector. Sí y no. No evolucionan en su contenido, es decir, lo que hoy es verdadero, mañana o dentro de un siglo no vendrá a ser falso; pero sin evolucionar en lo que afirman o niegan, pueden evolucionar y evolucionan en la conciencia que de ellos va adquiriendo la misma Iglesia.»
En el post está dicho con el texto de VATICANO I que puede crecer y evolucionar no el dogma sino la comprensión e inteligencia de él. Explíqueme si el dogma de la Inmaculada Concepción, la Asunción, la confesión auricular, la adoración eucarística, o la veneración de las imágenes, existieron siempre en la Iglesia tal como hoy lo entendemos, con la precisión de la doctrina de hoy. Y no sugiera que yo he dicho algo distinto a lo que la IGLESIA permite o cree de la legítima evolución en la comprensión de un dogma , tal como está escrito en el post, porque eso sería calumniar. Mire lo que dije:
…permite interpretar la Escritura o el Magisterio como pasibles de una legítima evolución en su comprensión, interpretación o hermenéutica.
Dice el Concilio V. I “.. Crezca pues y mucho y poderosamente se adelante en quilates la inteligencia, ciencia y sabiduría de todos y de cada uno, ora de cada hombre en particular, ora ora de toda la iglesia universal, de la edades y de los siglos; PERO SOLAMENTE EN SU PROPIO GÉNERO, es decir en el mismo DOGMA, EN EL MISMO SENTIDO Y EN LA MISMA SENTENCIA (Dz. 1800), . Que como se sabe es la célebrecita de San Vicente de Lerins en su Commonitorio.
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Buenísima iniciativa la de plantear este tema, y sobre todo, la postura previa que impide a no pocos el aceptar con sencillez lo que la Iglesia va enseñando a través de los siglos.
Efectivamente, se niegan a aceptar que se da una cierta evolución dentro de la Iglesia, no en cuanto se pueda enseñar o creer una doctrina que no hubiese existido desde el principio, pero sí en su más completa comprensión, y más adecuada expresión, siempre guiada por el Espíritu Santo. Porque la confesión auricular, el culto a las santas imágenes, la creencia en la Inmaculada Concepción de María o su Asunción, siempre han sido creídas y practicadas, y enseñadas y celebradas en la liturgia, pero la Iglesia ha ido madurando su explicación a través de los siglos, sin inventar nunca jamás algo que no estuviera ya implícito en lo que la Iglesia ha creído, enseñado y celebrado desde el principio. Ese es el sentido en que el genial P. Marín Solá trata de esta cuestión de la evolución homogénea del dogma.
Pero no son pocos los que, escandalizados por el abuso del que los herejes se han hecho culpables al intentar presentar sus novedades como desarrollos legítimos del dogma, cuando son su traición, se han ido al extremo contrario, y niegan la posibilidad misma de que pueda haber un progreso en la comprensión y explicitación de lo entregado por Nuestro Señor. Se hacen en esto semejantes a los cismáticos ortodoxos, que llegados a un determinado momento histórico, pensaron que ya se había llegado a una comprensión total y perfecta de todo lo entregado, y que lo que iban enseñando tanto los teólogos escolásticos latinos, como los mismos Papas de Roma era condenable. Lo único que diferencia a unos de otros, está en el momento histórico en el que sitúan el comienzo de la ruptura: Para algunos griegos, Occidente habría empezado a desviar desde el Concilio de Toledo del año 589, cuando se habría insertado por primera vez el Filioque en el Credo, precisamente como una explicitación de ese Credo, frente a las doctrinas arrianas que minimizaban la divinidad del Hijo.
Otros sitúan el punto de ruptura, de modo puramente convencional, porque rechazan precisamente los desarrollos sobre la autoridad papal suprema tanto en el ámbito eclesiástico como en el político, en el año 1054.
Al parecer, para los Hnos Dimond, el Espíritu Santo habría dejado de iluminar a la Iglesia, tanto en sus doctores, obispos, santos, como en los Sumos Pontífices, desde fines de la Edad Media, y puesto que no pueden negar que la doctrina del bautismo de deseo se encuentra claramente expresada en el Concilio de Trento, intentan desvirtuar su sentido obvio, bastante torpemente, como ha demostrado el honorable blogger.
Como los ortodoxos, que sostienen que la Iglesia Romana se habría ido apartando de la Tradición, precisamente por innovar, desde el S. VIII por lo menos, consumándose la ruptura en el XI, piensan éstos que la recta doctrina se habría ido oscureciendo en los últimos siglos, hasta la ruptura definitiva con el Vaticano II.
Nos encontramos siempre ante el mismo esquema histórico-psicológico: Primero se describe una situación de idílica perfección, en este caso en el entendimiento y expresión de la doctrina, que dura un cierto tiempo, según versiones, (un siglo, tres, un milenio, quizás más), pero que acaba corrompiéndose, luego una etapa de entenebrecimiento creciente, hasta que por fin, llega la necesaria purificación, reforma, vuelta a las fuentes, renovación, aggiornamento, etc…¿Les suena?
Una de las principales causas de tan peligrosa desviación está en una cierta actitud gnóstica, que de modo más o menos consciente. rechaza la encarnación de Cristo, y sus consecuencias en la vida de su Cuerpo Místico, la Iglesia.
Y es que así como Nuestro Señor se encarnó en un cuerpo de carne, y el que no tiene límites se limitó en el espacio, el que es eterno se sujetó al tiempo, y el que no necesita nada quiso necesitarlo todo, así quiso que su Iglesia, aunque depositaria de toda la Sabiduría y la Ciencia, se sujetara a las etapas de un desarrollo paulatino propiamente humano, trasunto de su propio crecimiento en cuanto naturaleza humana. Por ello nos aseguró de que estaría con nosotros todos los días, hasta la consumación de los tiempos, y por eso avisó a sus Apóstoles de que no podían con todo en esos primeros instantes de la Iglesia naciente, pero que EL ESPÍRITU SANTO LES IRÍA RECORDANDO TODAS ESTAS COSAS. No como recuerdo estático, sino dinámico, aunque siempre consecuente y homogéneo.
Así es cómo el Espíritu Santo ha desarrollado progresivamente todas las realidades eclesiásticas, trabajando suave y progresivamente en las mentes de los teólogos, los pastores, los santos y los Papas, de modo que lo que era implícito se haga explícito.
Así se entiende que cuando otros peligrosos cismáticos y herejes, en este caso los del falso Sínodo de Pistoya, verdadero precursor del Vaticano II en el S. XVIII, afirmaron esto mismo, que en los últimos siglos se había producido un creciente oscurecimiento de las principales verdades dogmáticas y morales, y que sólo era verdadero lo antiguo y primitivo, mientras que todo lo que se hubiera añadido posteriormente era necesariamente falso, el Papa los condenase, siendo absurdo suponer que toda la Iglesia pudiese enseñar el error o dejar oscurecer los principios de su doctrina.
Pío VI en Auctorem Fidei condenó de antemano los errores conciliares en los de Pistoya, que tendré ocasión de analizar en otro momento, y hablando precisamente del dogma expresado ordinariamente por la liturgia, condenó de antemano a todos los liturgistas conciliares, todos ellos basados sobre el mismo esquema, primero una edad de oro hasta el S.IV, luego una decadencia cada vez más pronunciada hasta llegar a su cénit en la época postridentina, hasta llegar a la reforma conciliar que nos devolvería a la perfección de los orígenes.
Como decía en un post anterior, el mayor escollo que tendrá que ser resuelto en el anunciado Gran Concilio será el de la adecuada comprensión de la Tradición. Para los herejes, sólo es Tradición lo primitivo y poco preciso, porque lo pueden manipular a su antojo, mientras que lo posterior, más definido y preciso, sería fruto de una lamentable decadencia.
Para el católico, sin embargo, Tradición es todo lo que se ha transmitido a través de las edades, y ha sido sancionado, bien a través de la aprobación implícita o explícita de los pastores ordinarios y de los mejores entre los fieles, como por la intervención de los Sumos Pontífices. Forma una cadena perfectamente coherente de desarrollo homogéneo, que por un lado nos une a los Apóstoles, y a los antepasados hasta Abel y Adán, mientras por otro se va prolongando por el Espíritu Santo hasta el Día del Juicio.
Así, un ortodoxo, un jansenista o un modernista, aunque crean en la Transustanciación, se negarán a usar de ese nombre, por no ser primitivo, y ser excesivamente preciso y exigente, mientras que un católico lo acogerá con gusto, porque sabe que es fruto de un trabajo constante del Espíritu Santo en muchas instancias de la Iglesia hasta llegar a ser sancionado solemnemente en Trento.
Otro ejemplo: Un conciliar que por ventura se familiarizase con el antiguo ceremonial de los Obispos se escandalizaría seguro, y afirmaría campanudamente que era el fruto de una Iglesia alejada de sus orígenes evangélicos, y que casi había olvidado del todo la verdadera moralidad social…
Un católico que aún sigue pensando y sintiendo como tal, y no como un cátaro, lo abraza con lágrimas en los ojos, porque reconoce en él el espíritu de la Tradición, tal como transmitido desde los Patriarcas hasta hoy.
Tal vez a alguno le parezca que me aparto del tema, pero creo que los errores que encontramos nos deben hacer reflexionar sobre los motivos profundos que los motivan, y la desconfianza en Dios autor de la Tradición eclesiástica, tanto en sus aspectos dogmáticos como en los demás, es uno de los principales.
Lo propio de los herejes o de los cismáticos está en escoger lo que les viene bien, e interpretarlo a su antojo, mientras desprecian el resto de los testimonios de la Tradición, llegando, como en este caso, a motejarlos de herejía.
Lo propio de un católico está en plantear esas cuestiones dentro de su contexto natural: El desarrollo progresivo de la doctrina, desde sus inicios hasta hoy, en el que se descubren las líneas de fuerza con las que el Espíritu Santo prepara, acompaña y consuma la mejor asimilación del depósito de la verdad inmutable. Los mejores teólogos siempre se han dejado conducir confiadamente por la Iglesia desde la celda al coro, y del coro a la celda, mientras que los peores se han dedicado a repetir y malinterpretar lo que otros habían escrito, sin entender realmente lo que el Espíritu Santo quería significar.
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mire señor, mi Fe es muy simple, yo leo CREZCA, en el Concilio Vaticano I, más no leo EVOLUCIONA, como usted lo comenta. En mi Fe y lo que se está discutiendo aquí, Juan 3,5 debe ser tomado «SEGÚN ESTÁ ESCRITO» como lo afirma Trento:
…»quien no renaciere, DEL AGUA Y DEL ESPÍRITU, no puede entrar en el reino de los cielos».
Nuestro Señor ha dicho: agua y espíritu, los dos juntos, es una suma, la Tradición lo confirma, otros Concilios también, Santos y doctores en su gran mayoría, Trento no ha fallado ni es contrario. (aquí se aplica exactamente lo que dice San Vicente de Lerins para reconocer la verdadera Fe, …»lo que se ha creído siempre, por todos, en todo tiempo y lugar».
No es verdad que los Dimond no tomen en cuenta el Magisterio Ordinario y además solo el anterior a Trento, si lee el libro sinceramente, se dará cuenta de ello. Los Dimond dicen claramente que ningún Concilio válido ha fallado en sus definiciones precisamente por la promesa de Nuestro Señor y la Asistencia del Espíritu Santo e igualmente sostienen su investigación con definiciones del Magisterio Ordinario. En ese caso los que fallamos somos nosotros creyendo lo que no se puede creer.
Me extrañó bastante lo de Confesión auricular?, esto si que es nuevo, nunca he sabido que este permitido.
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Ud, se ata a la letra. PARA ud. crecer en inteligencia, sabiduría en el mismo sentido del dogma Y en la misma sentencia es algo distinto a la legítima evolución en la comprensión, interpretación y hermenéutica. Como si el crecimiento de Jesús en edad, sabiduría y gracia no hubiese significado una normal evolución de su santísima Humanidad. A las objeciones que le he puesto no ha contestado, solamente de una manera ininteligtible a lo de la confesión auricular. La Iglesia ha estado gobernada por el Espíritu Santo y su crecimiento y evolución en la comprensión y explicitacion del dogma es un hecho innegable ¿O va a decir como los griegos que el añadido del FILIOQUE es una evolución ilegítima? Evolución sí es porque no se encuentra explícitamente en la Escritura y en NICEA. ¡O va a decir que toda la Iglesia cayó en herejía- santos, doctores, papas, teólogos admitiendo el bautismo de deseo durante varios siglos? Yo ya escribí que para algunos es una cuestión irreductible porque carecen de humildad y confianza EN LOS PAPAS y en la IGLESIA DIVINAMENTE GOBERNADA POR EL ESPÍRITU DE DIOS.
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Dos puntos:
a) Raramente alguien acude al mejor ejemplo de la validez de esta Doctrina: Los Evangelios, donde nos indican que JNS afirmo a un no-bautizado-mediante-el-agua que «Yo te aseguro… estaras en el Paraiso». Y fue una de las ultimas frases pronunciadas por JNS… Obviamente que el buen ladron, no era bautizado… Y sin embargo, se salvo… entro en el Paraiso.
b) «…retractarme de lo que yo creo es doctrina infalible de la Iglesia, si alguna vez por boca de la autoridad competente se me advirtiera de mi error…»
Ojala hubiese una autoridad Suprma que pudiera volver a darnos lecciones! dirimir controversias! limpiar la Casa de la Fe de la suciedad y escombros que la corroen…!
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a) Para ese entonces no estaba la gente obligada al Sacramento del bautismo, fue solo a partir de la Ascensión, el buen ladrón no pudo entrar al Paraíso sin que antes Nuestro Señor ascendiera y es por eso que en el Credo se reza: «que bajó primero a los infiernos», para rescatar a los justos en «en el seno de Abraham» los cuales se encontraban precisamente esperando la redención de Nuestro Señor. Lo de las últimas frase ..me imagino que se refiere a la muerte en la Cruz, ya que sus últimas frases fueron en la Ascensión donde manda claramente a enseñar a todas las naciones a predicar y a bautizar. Y para terminar le recomiendo lea la vida de Dimas (el buen ladrón), porque él si fue bautizado en agua (por supuesto, no digo que sea el bautizo de Cristo aunque tampoco lo niego, pero muy bien pudo ser el de San Juan), puesto que sus padres fueron muy cristianos, solo que él se desvió del camino y luego se arrepintió y «andaba buscando al Maestro», mi madre que está aquí conmigo leyó el libro, no le tengo el título, pero le prometo que se lo haré saber.
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Quisiera que los que no creen en el bautismo de deseo me respondieran directamente mi pregunta, pero nunca lo hacen:
Ustedes no solo niegan el bautismo de deseo y de sangre, sino que van mas allá y condenan de herejes que irán al infierno a los que no estén de acuerdo con ustedes, la pregunta es: ¿Consideran ustedes que están en el infierno, los doctores, papas y santos “CANONIZADOS” que creyeron y enseñaron el bautismo de deseo y de sangre?
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