Con el título que alguien podría calificar más que de directo, maximalista, me estoy refiriendo al blog amigo Ecce Christianus que en el día de hoy nos ha obsequiado de desayuno con un post, que establece algunos criterios sobre el sedevacantismo, en el que se descubren implícitos algunos ataques al mismo en general, pero que nosotros nos aplicamos.Pero como aun siendo blog amigo, no debemos callar ante la doctrina expuesta, lo hacemos en este post, alegando el célebre dicho «Amicus Plato sed magis amica veritas»
Nosotros calificamos su argumentación de débil. Puesto que es muy débil la ilación y consecuencia de sus argumentos. Además comprobamos con sorpresa que no acude,como sería exigible, a la doctrina de la Iglesia. ¿Sería esto un tácito reconocimiento de su falsedad o por lo menos de su formal apartamiento de la obligada sumisión a la doctrina católica. Esto último es lo que hace que debamos endosar al post al que nos referimos, el hecho de contener graves errores en la doctrina católica.
En el dicho post de Ecce Christianus, señalamos en primer lugar la restricción que hace de todo el problema a la Dignitatis Humanae, cambiar radicalmente la liturgia de la Misa, codificar una nueva eclesiología, o convertirse a sí mismo en protagonista de un aberrante ecumenismo. Pero en realidad con ser todo esto grave, no es sino una consecuencia de la pérdida del carisma petrino de la infalibilidad, anterior a todos estos desmanes, por los papas-que ya habían caído en la herejía antes de su elección- que firmaron estas declaraciones, o las aceptaron haciéndose sus propagandistas.
La doctrina multisecular de la Iglesia es que un Concilio Ecuménico es infalible si está firmado o respaldado por el Papa, por lo menos con su presencia moral. De ahí que si el Concilio Vaticano II contiene errores contra la Fe, como el autor del post parece aceptar, no es un verdadero concilio, y los papas que lo aceptan o lo han firmado, no son verdaderos papas.
La bula «Cum ex apostolatus officio» nos da la doctrina católica con toda claridad, y además es un documento al que no faltan los criterios formales de infalibilidad (tal como algunos, que no nosotros, se empeñan en exigir). Este bula fue respaldada por la autoridad de San Pío V y por el Código de Derecho Canónico de 1917. Además su negación equivaldría a negar la Constituciones Dogmáticas del concilio Vaticano I, Dei Filius y Pastor Aeternus, que aseguran la infalibilidad del Magisterio Universal de la Iglesia (Obispos con el papa) y la infalibilidad del papa (que algunos ilegítimamente restringen a sus declaraciones solemnemente proclamadas expresando las condiciones que se señalan). De todas maneras aun concediendo esto último, ¿serían los Obispos infalibles cuando enseñan unidos con el papa en su magisterio ordinario, y no lo sería este último enseñando a la Iglesia en su magisterio ordinario? ¿Habría que interpretar el mandato de Nuestro Señor Jesucristo- «confirma a tus hermanos» «Apacienta mis ovejas» «»Rogaré para que tu Fe no falle» «Estaré con vosotros..» «El que a vosotros oye a mi me oye..»- solamente en actos solemnes o expresando explícitamente la condiciones señaladas en esa constitución?
Dice el autor de la entrada que «estarían también los obispos desprovistos de jurisdicción etc..? Tan difícil es esto de aceptar cuando no la tendría el mismo papa? Esto no es algo nuevo en al Iglesia. Algún autor asegura que todos los obispos, salvo menos de un 3% , y quizás un 1%, cayeron en la herejía arriana en tiempos de la misma crisis. Por otra parte sabiendo que hay estudios todavía no contestados, que aseguran la invalidez de los ritos de Consagración episcopal ( buen objetivo para el autor del post, el contestar a estos estudios. Quizás salga con éxito allí donde otros -Abrillé- han fracasado estrepitosamente); ¿qué de extraño sería el que careciendo del poder de órdenes también carecieran del poder de jurisdición? Tengo entendido que los sucesores de Mons.Lefebvre ordenan sub conditione a los sacerdotes ordenados siguiendo los Nuevos Ritos. ¿Aceptarían ellos los sacramentos y la Misa de estos últimos- que serían por lo menos dudosos- sabiendo que en esta materia – los sacramentos- rige el tuciorismo y ni siquiera sería lícito acudir a ellos en estas condiciones?. Si no fuera así ¿por qué la ordenación sub conditione?
El autor dice que «su debilidad, [de esta posición] está en que no es capaz de probar que ninguna de esas autoridades es formalmente herética. La razón que da es que se es hereje “material” si se contradice objetivamente lo que Dios ha dicho; se es hereje “formal” si se hace eso pertinazmente, es decir, sabiendo que se está negando la palabra o la voluntad de Dios. Esto último es muy cierto de manera que los buenos católicos «errantes» materialiter, no sólo no contraen herejía sino que en algunos casos tampocon pecarían.
Pero lo que señala a continuación es sencillamente falso si con ello se quiere decir que la sentencia sobre herejía de la Iglesia es necesaria para inhabilitar a alguien a su elección al papado. En efecto dice esto: la vía ordinaria con que la Iglesia averigua la pertinacia (y con ella las consecuencias sociales de la herejía profesada: excomunión, pérdida del cargo, etc.) es por medio de admoniciones (62) autorizadas al delincuente y despreciadas por éste.
¿Hubiera sido Lutero y otros heresiarcas hábiles para la elección al papado, hasta que hubo sentencia de excomunión? ¿Dejarían de ser herejes antes de la sentencia?¿Donde queda las sentencias de grandes teólogos sobre papa hereticus deponendus est? O la más contundente del doctor de la Iglesia San Roberto Belarmino «depositus est«, añadiendo «por sí mismo -ipso facto- sin necesidad de sentencia de la Iglesia? ¿Sería una mujer elegida por engaño, verdadero papa, hasta que mediara la averiguación por la Iglesia de su condición? ¿Producida ésta, dejaría de ser papa en ese momento o más bien habría que decir que nunca lo habría sido? ¿Es que un hereje no dejaría de ser católico desde que conscientemente y queriéndolo cayera en la herejía? Y si fuera así ¿podría ser cabeza de un cuerpo al que no perteneciera? (Como dice San Roberto)
Lo siguiente tampoco se puede aceptar :Pero nadie puede amonestar al Papa con autoridad (can. 1556) (y los obispos sólo pueden serlo por su superior, el Papa [can. 1557], que no lo ha hecho). Por lo tanto, la pertinacia, y en consecuencia la herejía formal, no puede probarse.
Esto no se puede aceptar porque estos cánones se refieren a verdaderos papas y no a papas falsos, es decir que nunca lo han sido. Descubierta su herejía posterior a su elección, sería lícito concluir la nulidad de su elección (como si se descubriera que en realidad era mujer). Pero si la herejía descubierta fuera anterior a la elección, a fortiori.
En estos casos la herejía sería un defecto inhabilitan,no solamente canónico, sino también ontológico.
Pero si el autor o cualquiera negare estos argumentos debería rendirse a lo expresado ex-cathedra de Paulo IV, que en realidad sólo hace sancionar lo que es algo cierto en teología y siempre se ha profesado en la Iglesia desde el principio. ¿Podría el autor del post dar un ejemplo o texto, o sentencia de doctor o teólogo o papa de lo contrario, en los 1500 años anteriores a la bula de Paulo IV? Esta bula dice en uno de sus párrafos
y no será posible considerar que se ha otorgado o se otorga alguna facultad de administrar en las cosas temporales o espirituales a los que son promovidos, en tales circunstancias, a la dignidad de obispo, arzobispo, patriarca o primado, o a los que han asumido la función de Cardenales, o de Pontífice Romano, sino que por el contrario todos y cada uno de los pronunciamientos, hechos, actos y resoluciones y sus consecuentes efectos carecen de fuerza, y NO OTORGAN NINGUNA VALIDEZ NI NINGÚN DERECHO A NADIE. Esas personas así promovidas o elevadas, serán, por el hecho mismo, SIN QUE SEA NECESARIA NINGUNA OTRA DECLARACIÓN ULTERIOR, privadas de toda dignidad, posición, honor, título, autoridad..
Pero no lo dice solamente esta bula sino el magisterio anterior que puede consultarse en este blog aquí. El autor del post citado puede ver textos como los que extractamos de él ahora. Véanse los siguientes:
Son elegibles todos aquéllos que, de derecho divino o eclesiástico, no están excluidos. Son excluidas las mujeres, los niños, los dementes, los no bautizados, los herejes y los cismáticos” (Raoul Naz: Tratado de derecho canónico),
“Esta noción es defendida por un solo teólogo, entre los 136 antiguos y modernos cuya posición hemos podido verificar a este respecto. Hablamos del canonista francés D. Bouix (muerto en 1870)” (Arnaldo Xavier da Silveira: ¿La nouvelle messe de Paul VI…
La cláusula de catolicidad que rige los cónclaves es una ley de derecho divino.
Me ahorro citas de Suárez, SantoTomás, San Cipriano y muchos más que pueden verse en el lugar citado.
La vigencia de esta bula que interesadamente ha sido negada por muchos con descaro (sobretodo con el testimonio del historiador protestante «Pastor» que la redujo a meramentedisciplinar, como si aunque lo fuera -que no lo es, por lo menos meramente- dejara de ser ex-cathedra) puede verse a partir del post de este mismo blog
Creo que el autor del post tiene falsas nociones de algunas cosas:
La pertinacia está plenamente demostrada cuando alguien «scienter y volenter, sin necesidad de más averigüaciones, niega la doctrina católica que está obligado por su cargo a conocer. ¿Acaso la desconocían los papas conciliares, que juraron el juramento papal y el juramento antimodernista? Y si algunos no juraron el primero, ¿Acaso no los conocían cuando los quitaron? ¿Por qué lo hicieron? Algunos fueron profesores en universidades de la Iglesia, todos eran doctores en Sagrada Teológía, escribieron libros doctísimos etc.. Entonces ¿Se puede decir de ellos que fueron herejes solamente materiales como lo sería una costurera? ¿Se necesitaria sentencia que lo demostrara y a la cual se resistieran?. Todo esto es por decirlo suavemente absurdo. Una sentencia, por otra parte, que nadie podría dar, puesto que nadie puede juzgar a quien acepta como papa.
Dice. La Iglesia es indefectible . Pero esta noción abarca no sólo su su visibilidad sino también el no haber caído en herejías. ¿Acaso no podría subsistir la Iglesia fuera de la iglesia oficial, conciliar? La visibilidad ¿acaso exige que únicamnete sea visible a través de una iglesia, que por hipótesis, ha caido en herejias, liturgias ilícitas, concilios heréticos, papas mil veces caídos en errores contra la fe, vale decir herejías? Pues el gran San Atanasio no pensaba lo mismo de la visibilidad que el autor del post exige.
El siguiente párrafo es de una falsedad casi deslumbradora:
El sedevacantismo también tiene consecuencias espirituales: el sedevacantismo es una opinión teológica, no una certeza, y tratarlo como una certeza lleva a condenar con aspereza a quienes no lo comparten (quienes de “tal vez equivocados” se convierten en “herejes”); e invariablemente conduce a no reconocer ningún superior espiritual sobre la tierra, convirtiéndose cada cual, en la práctica, en su propio “papa”, regla de la fe y de la ortodoxia, juez de la validez de los sacramentos, etc. (64)
El sedevacantismo tiene la certeza de la Fe católica. De hecho no hace más que profesarla. Profesa las verdades reveladas en la Escritura, la Tradición, el Magisterio, el asentimiento constante de los teólogos, santos, doctores, etc..
Por eso tiene un certeza, que se llama con categorías teológicas, «divina, eclesiástica, teológica. La certeza enuncia que un papa no puede ser hereje. El negar esto es atacar los fundamentos mismos de la fe católica.
Por otra parte el que de esto se derive la «aspereza» en el trato con los ajenos, no tiene por qué ser así. De hecho quien sea consciente de ello, debería tratar con un amor particular a los que así niegan la doctrina católica, y hacer lo posible-oración y penitencia incluídas- por su conversión. Si hay casos contrarios, incluso numerosos, esto es meramente accidental, algo contingente. También a ellos habría que llevarlos al buen camino exortándoles a la dulzura, pero sin que omitan las verdades necesarias para nuestra salvación, y su proclamación con los medios que tengamos a mano.
El sedevacantista no es papa de sí mismo. De hecho tiene 260 papas cuyo magisterio abraza con sumisión. También tiene superiores en la tierra, que son sus maestros y directores espirituales. De hecho no hay mayor obediente que el sedevacantista. Para llegar a profesarlo ha tenido que renunciar al juicio propio en favor del del magisterio. Ha depuesto las apariencias que le vienen de los sentidos, con mensajes de una iglesia triunfante y omni-abarcante, de personas que revestidas de ropajes eclesiásticos, que usurpan, profieren anatemas (falsos) y excomuniones. Ellos se abrazan a la doctrina multisecular de santos, doctores, papas, teólogos (casi todos los del pasado).
El sedevacantista se ve reducido a la inexistencia, a la pérdida de status, a la pérdida del respeto y amor de los suyos, al ostracismo en internet, a ser tratado como un loco peligroso, «tradiloco» lo llaman algunos. Su manto es el desprecio de todos. Se ve empujado a «vivir en los desiertos» como dice la Epístola a los hebreos.
Ante todo esto le conforta el ejemplo de los mártires, tal como lo leemos en el martirologio de la hora «Prima«, aunque los mártires sufrieron infinitamente más. Pero como ellos, han perdido status, posición, respetabilidad, poder y dinero en algunos casos. Para ellos no hay editoriales, no hay puestos de representación, no hay Fraternidades que les acojan y sean su soporte espiritual y material. ¿Podría decir el autor de este post lo mismo? Que aparente ser sedevacantista solamente por un día, verá lo que es martirologio.
Respeto de lo de ser su propio papa, ¿podría acusar de ello, con razón, quien aceptando teóricamente a los papas que ellos creen legítimos, pero los resisten y a veces los escarnecen con burlas crueles, de las que yo he sido testigo, y van a buscar a la Tradición, como ellos la entienden,-juzgando de ella como su fueran papas- las razones de la resistencia y de la desobediencia? ¿Es que no hicieron eso mismo los jansenistas? Unos acudían a San Agustín, otros a la antigüedad, otros a algún teólogo perdido, siempre para negar el quicio de la cuestión : «El papa es el Padre, puesto por Dios, a quien debemos respeto, amor, sumisión y Fe absoluta en su magisterio. Negársela es negar el primer mandamiento de la primera Tabla, como decía SanVicente Ferrer.
(Seguirá en una siguiente entrega)
El siguiente vídeo lo dice hermosamente (está escrito en francés muy fácil deentender)
Categorías:ALL POSTS, Sedevacantismo
Por encima del Papa, de cualquier Papa, está la doctrina que éste tiene que conservar y transmitir. Si se encuentra contradicción entre las enseñanzas de un Papa y el depósito que se le entregó, y del que no es autor y no puede ni quitar ni añadir nada, ocurre que, desde la posición de los fieles corrientes, ajenos a sutilezas de derecho canónico, ese Papa ha de ser rechazado, siguiendo la admonición del Apóstol. Y desde el punto de vista de los teólogos, enrédense cuanto quieran. Por mi parte, creeré que un Papa católico es católico SIEMPRE: no imagino yo a San Pío X afirmando la ortodoxia unas veces y poniéndola entre paréntesis otras. A un Papa católico la doctrina católica le ha de ser connatural, de tal forma que no le pueda causar tensión intelectual ni dudas expresarla siempre que haya menester. Otra cosa son los «teólogos» de la secta modernista promovidos a «Papas». Ni me preocupa la calificación teológica de sus herejías ni la forma precisa en que han de ser llamados. Me preocupa más bien la forma en que habré de mantenerme lejos de ellos, ya que no profesan la fe verdadera.
En resumen: TODO PENDE DE LA DOCTRINA, y no al revés. Los Papas no definen la DOCTRINA, sino que es la doctrina la que nos define a todos, Papas y no Papas.
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Ufff!
Que alivio!
respirar el aire puro de la Doctrina Ortodoxa!
Percibir la claridad meridiana de la Luz Eterna!
Gustar del limpido aroma dogmatico de la Fe Catolica!
Cantico para los oidos es escuchar las palabras que afirman «INMUTABLE COMO YO MISMO: MI IGLESIA»
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Relájese derechos, que en ningún sitio he escrito MI. Ni puede uno (ni quiere) definir nada. Basta con acudir a las fuentes. Si San Pío X, siguiendo una tradición de 19 siglos, promulgó el syllabus, y si Ratzinger ha dicho que el concilio fue el anti-syllabus, ¿qué más quiere? ¿Tiene usted dudas? Catecismo de Trento, que es indudablemente católico, y le aseguro que no lo escribí yo.
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He participado en el otro blog, entrando en el debate conmigo el estimado derechodedios. Éste en uno de sus comentarios ha dicho lo siguiente, al cual he respondido, aunque todavía está en el proceso de moderación ( lo traigo a su consideración para enriquecer el debate,si cabe, o para tirarlo a la papelera, si lo merece):
Dice derechodedios:
«Estimados Todos (sobre todo el Sr. Sofronio… quien tiene mas tendencia a incluir argumentos razonados en sus aseveraciones)
tomemos el siguiente ejemplo de la legislacion de la iglesia conciliar (y con esto quiero decir que, si es valido para la conciliar, con mucho mas lo sera para la Iglesia Catolica)
Especifica el derecho canonico conciliar: “todo aquel que ayudare, facilitare, cometiere o aconsejare el aborto, sea reo de excomunion”
Acto I: Vd. Senor Sofronio (o algun otro lector), va a una clinica (por la razon que sea) y observa como hay un departamento encargado de realizar abortos. y los ve introducir a una paciente en la sala, asi como a los medicos, enfermeras, tecnicos, etc. que van a realizarlo (y de hecho lo ralizan)
Acto II: Cuando Vd. sale de ahi, y le comenta a su vecino (amigo, pariente, etc.) “acabo de ver a unos medicos quedar excomulgados”, este le responde “Y CON QUE NERVIO TE ATREVES TU A JUZGAR Y A EXCOMULGAR A NADIE? COMO TE ATREVES TU A ERIGIRTE EN AUTORIDAD Y JUEZ DE NADIE”?
Pregunta: Puede Vd. afirmar que el medico esta excomulgado? o no puede Vd. erigirse en autoridad para realizar tal jucio?»
Respondo a derechodedios:
«Estimado derechosdedios:
Le tomaré su ejemplo, aunque lo haya propuesto del C.I.C . del 1983; en efecto, no hubiera podido ponérmelo más fácil . Con sinceridad deseo que la seriedad de su posición, que no desprecio sino que medito, esté argumentada mucho más contundentemente que en su analogía.
Porque su ejemplo falla en la premisa mayor de su silogismo, y en lógica si la mayor no es cierta, el resto y mucho más la conclusión, es un ‘castillo de naipes’.
Veamos su premisa mayor. Según usted dice:
“todo aquel que ayudare, facilitare, cometiere o aconsejare el aborto, sea reo de excomunión”.
Esto no es cierto y por lo tanto todo lo que en lógica se construya sobre ello es falso; es posible que se dé, sin embargo, alguna vez una conclusión verdadera, pero no se fundamentará lógicamente, sino que como en el cuento del burro flautista, ‘ le sonó la flauta por casualidad’.
Porque la premisa mayor correcta es la siguiente:
“todo aquel[católico se entiende] que ayudare, facilitare, cometiere o aconsejare el aborto,..- con conocimiento de que dicho delito lleva anejo una pena de excomunión latae sententiae- sea reo de excomunión”.
Es decir, si el católico que colabora en el aborto no conoce que con dicho delito le sobreviene la excomunión, comete pecado mortal, pero no cae sobre él la pena canónica. Hay otros matices que harían más certera aún la premisa, pero pasemos de ellos, para abordar sus argumentos.
Pues bien, sigamos con la menor. Supongamos que vi entrar en el quirófano de la clínica abortista a una mujer; no sólo eso, sino que contemplé involuntariamente el aborto de manera que tengo la absoluta certeza de que el delito realmente se produjo. ¿Cabe de esa certeza mía –fíjese que ni siquiera digo que se trata de una opinión- decir que el médico, la enfermera, la mujer que abortó y quien pagó el aborto están excomulgados latae sententiae? No, salvo que mi lengua vaya más rápida que mi mente. Porque ¿Tengo la certeza de que son católicos? No; pero supongamos que sí la tengo ¿Tengo la certeza de que conocían en ese momento, no después, que tal delito llevaba ipso facto la excomunión? Salvo que ellos así lo dijeran, no la tengo.
Por lo tanto, no puedo tener la certeza de que estén excomulgados; sin embargo puedo tener una opinión particular en función de un parte de los datos que conozca, siempre y cuando no la convierta en sentencia ex cáthedra.
Estimado amigo, yo comprendo sus conclusiones a la luz de la terrible crisis eclesial que vivimos; muchos, sin embargo, no han llegado aún a la suya, pero no por eso están exentos de un desgarrador sufrimiento al contemplar cómo se está tratando desde el concilio al Cuerpo Místico de Cristo- .Casi ninguno de los que participamos por estos lares, salvo algún ‘troll’ que siempre se cuela, acepta las novedades conciliares ni el magisterio postconciliar, y estoy seguro que la gran mayoría preferiría ser tirado al foso de los leones que adjurar de la fe católica ‘preconciliar’; pero, a veces, los silogismos son fáciles, como el del ejemplo tratado, pero cuando perplejos nos enfrentamos al mayor de los retos, que tal vez ningún católico haya vivido [lo que tienen que enfrentar los mártires de los últimos tiempos] las premisas y las conclusiones se han de plantear concienzudamente.
Créame, su posición es tentadora y no digo que sea insensata, pero si acertase con ella, sería como la flauta que suena por casualidad, y no por la lógica de los argumentos, aunque los haya (los argumentos). Esta es la crisis última, según mi modesto parecer quizá equivocado, y no resulta fácil resolver su naturaleza para los que quieren permanecer fieles ( de los demás no hablo); se necesita meditar mucho, sin premuras, sin presiones de anathemas ¡ Qué más quisiéramos que sentir como nuestros antepasados! Por entonces no tenían estos problemas ¡Lo que el Papa decía iba a Misa! Y así debería ser; más cada cual debe dar pasos con la seguridad lógica de la razón iluminada por la fe, sin ser ‘excomulgados’ por los que han llegado a otra ‘certeza’.
Todo está dicho en las Santas Escrituras. Dios ejercerá su misericordia con el Israel carnal para que se convierta el resto de él, pero así como en la plenitud de los tiempos apostató para que entraran los elegidos de los gentiles, parece probable que la iglesia conciliar se haga enteramente carnal para que entre el resto de Israel que formará parte de la Iglesia reducida a un resto casi irreconocible. Gran Misterio del que S. Pablo habla en la Carta a los Romanos, ante el cual yo me siento muy pequeño, por lo que no deseo sentar cáthedra ni precipitarme en mis juicios.
Anexo a lo publicado en el otro blog y que atañe sólo a lo dicho por Antonio.
Si el tuciorismo fuera obligatorio , no sólo para aplicarlo a los sacramentos, sino al caso presente, podría abrirse una vía argumental nueva; pero la aplicación de esa doctrina moral a la cuestión de la herejía de un papa, no la he visto en ningún sitio, ni me consta.
Gratia et pax Christi tecum
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Frisgo,
» es la doctrina la que nos define a todos, Papas y no Papas.»… Maravillosa síntesis. Lo felicito.
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