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CARTA DEL SANTO OFICIO «SUPREMA HAEC SACRA»


[El siguiente escrito es un estudio sobre la Carta del Santo Oficio al Arzobispo de Boston Mons. Cushing con motivo de la posición teológica heteredoxa  adoptada por el jesuita  Feney- que sigue siendo sustentada por los  llamados » Feneyitas- acerca de la invalidez para la salvación, en las debidas circunstancias, del «Bautismo de deseo». Está extraído del libro de J. F. Fenton «La iglesia Católica y la Salvación» (Cap. VII- IV partes), en la traducción, con algunas notas añadidas, hecha hasta ahora, por el blog «En Gloria y Majestad«. Sobra decir la actualidad de este documento del Magisterio Pontificio, que pasó a formar parte de las AAS en 1952, bajo el pontificado de Pío XII. Es una cuestión que ha sido abordada por este blog en diferentes ocasiones, y que también nos puede ilustrar sobre las divergencias sustanciales de la doctrina católica, incluso de la doctrina dogmática e infalible, con el «magisterio» de algunos «papas» conciliares (sobre todo el actual Francisco I), que en ésta como en otras muchas cuestiones se apartan palmariamente del Magisterio Católico.]

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I. PARTE

LA CARTA DEL SANTO OFICIO SUPREMA HAEC SACRA

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Por Monseñor Jospeh Clifford Fenton,

Por lejos la más completa y explícita declaración autoritativa del magisterium eclesiástico sobre la necesidad de la Iglesia para la salvación se encuentra en la carta enviada por la Suprema Sagrada Congregación del Santo Oficio a Su Excelencia el Arzobispo Cushing de Boston. La carta fue escrita como resultado del problema ocasionado por el grupo Centro San Benito en Cambridge.  La Suprema haec sacra fue emitida el 8 de Agosto de 1949, pero no fue publicada en su totalidad hasta el otoño[1] de 1952. La encíclica Humani generis es del 12 de Agosto de 1950. Así, aunque fue compuesta después de la carta del Santo Oficio, fue publicada dos años antes de la carta.

La Sagrada Congragación del Santo Oficio asevera que “está convencida de que la desafortunada controversia (que ocasionó la acción del Santo Oficio) surgió del hecho de que el axioma “fuera de la Iglesia no hay salvación”, no fue correctamente entendido y sopesado y que la misma se volvió más amarga debido al hecho de que algunos de los asociados de las instituciones arriba mencionadas (el Centro San Benito y el Colegio Boston) negaron reverencia y obediencia a las legítimas autoridades”.

La sección doctrinal de la carta es la siguiente:

Según los Eminentísimos y Reverendísimos Cardenales desta Suprema Congregación, en sesión plenaria, tenida el miércoles 27 de julio de 1949 y el Augusto Pontífice en audiencia, el día siguiente, jueves 28 de julio de 1949, dignó dar su aprobación para que se den las siguientes explicaciones pertenecientes a la doctrina, y también invitaciones y exhortaciones con respecto a la disciplina:

Estamos obligados por fe divina y católica a creer todas aquellas cosas contenidas en la palabra de Dios, sea en la Escritura o en la Tradición, y propuestas por la Iglesia para ser creídas como divinamente reveladas, no sólo por juicio solemne sino también por medio del magisterio ordinario y universal.

Ahora bien, entre las cosas que la Iglesia siempre ha predicado y nunca va a dejar de predicar se encuentra la enseñanza infalible que nos enseña que fuera de la Iglesia no hay salvación.

De todas formas este dogma debe ser entendido de la misma forma que la Iglesia lo interpreta, pues Nuestro Salvador entregó las cosas contenidas en el depósito de fe para que fueran explicadas por el magisterio eclesiástico y no por juicios privados.

Ahora bien, en primer lugar la Iglesia nos enseña que estamos en presencia de un precepto de Jesucristo en el sentido más estricto del término. Puesto que El ordenó explícitamente a Sus apóstoles el enseñar a todas las naciones a observar todo aquello que El mismo había mandado. Ahora bien, entre esos mandamientos, no es el menos importante  aquel que nos ordena el incorporarnos al Cuerpo Místico de Cristo, que es la Iglesia, por medio del bautismo y el permanecer unidos a Cristo y a Su Vicario, por medio del cual gobierna la Iglesia de manera visible.

Así pues, nadie que conozca que la Iglesia ha sido divinamente establecida por Cristo, y aún así rechaza el someterse a la Iglesia o rehúsa la obediencia al Romano Pontífice, el Viario de Cristo sobre la tierra, va a salvarse.

El Salvador no  sólo dio el precepto de que todas las naciones entraran en la Iglesia, sino que también estableció la Iglesia como medio de salvación, sin la cual nadie puede entrar en el reino de la gloria eterna.

En su infinita misericordia Dios estableció que los efectos necesarios para salvarse, aquellas ayudas dirigidas al último fin del hombre, no por necesidad intrínseca, sino por divina institución, pueden obtenerse también, bajo ciertas circunstancias, con sólo tener el deseo o intención. Esto fue enseñado claramente en el Concilio de Trento, tanto cuando se hace referencia al sacramento del bautismo como al de la confesión.

De la misma manera debe afirmarse lo mismo de la Iglesia, en cuanto que la Iglesia es un medio general de salvación. Así pues, para obtener la salvación eterna, no siempre se requiere el ser incorporado en la Iglesia de hecho como miembro, sino que se requiere que esté unido a ella por lo menos de deseo o intención.

De todas formas no se requiere que este deseo sea explícito como es el caso de los catecúmenos, pues cuando una persona se encuentra en ignorancia invencible, Dios acepta también un deseo implícito, llamado así porque está incluido en la buena disposición del alma por la cual la persona desea conformar su voluntad a la de Dios.

Estas cosas están claramente enseñadas en la carta dogmática del Soberano Pontífice Pío XII el 23 de junio del 1943 “Sobre el Cuerpo Místico de Jesucristo”, ya que en ella distingue claramente entre aquellos que están realmente incorporados a la Iglesia y aquellos unidos a ella sólo por deseo.

Al discutir sobre los miembros de los que está compuesto el Cuerpo Místico aquí en la tierra, el Augusto Pontífice dice: “entre los miembros de la Iglesia, sólo se han de contar de hecho los que recibieron las aguas regeneradoras del Bautismo y profesan la verdadera fe y ni se han separado ellos mismos miserablemente de la contextura del cuerpo, ni han sido apartados de él por la legítima autoridad a causa de gravísimas culpas”.

Y hacia el final de la misma encíclica, invitando a la unidad en forma muy afectiva a aquellos que no pertenecen al cuerpo de la Iglesia Católica, menciona a aquellos que están “ordenados al Cuerpo Místico por un cierto deseo e intención inconscientes”, a los cuales de ninguna manera excluye de la salvación eterna, sino que por el contrario afirma que están en una condición en la cual “no pueden estar seguros de su salvación”, ya que “todavía carecen de tantas y tan grandes ayudas celestiales que sólo pueden disfrutarse en la Iglesia Católica”.

Con estas sabias palabras reprueba tanto aquellos que excluyen de la salvación eterna a todos aquellos unidos a la Iglesia sólo por un deseo implícito y a aquellos que afirman falsamente que el hombre puede salvarse igualmente en cualquier religión.

No debemos pensar que cualquier clase de intención de entrar a la Iglesia es suficiente para salvarse. Se requiere que la intención por la cual uno se ordena a la Iglesia Católica esté informada por una perfecta caridad; y ningún deseo explícito puede producir su efecto a menos que el hombre tenga fe sobrenatural: “Pues aquel que se acerca a Dios es necesario que crea que Dios existe y que es remunerador de aquellos que le buscan” y el Concilio de Trento declara: “La fe es el principio de la humana salvación, el fundamento y raíz de toda justificación; sin ella es imposible agradar a Dios y llegar al consorcio de sus hijos”. [2]

 

El resto de la carta contiene las directrices y exhortaciones de las que se habló en el primer párrafo citado más arriba. No están inmediatamente relacionadas con la doctrina de la necesidad de la Iglesia para la obtención de la salvación eterna.

La carta, conocida como Suprema haec sacra, por las tres primeras palabras del texto latino, es de una importancia única para el estudio desta sección de la sagrada teología. Es una instrucción del Santo Oficio, enviado con la aprobación y por el mandato del Soberano Pontífice mismo. Como tal, es un documento autoritativo aunque obviamente no es infalible. Es decir, las enseñanzas contenidas en la Suprema haec sacra no deben ser aceptadas como verdad infalible basada en la autoridad de este documento. Sin embargo, el hecho es que la mayor parte de su enseñanza – de hecho, lo que podemos llamar la substancia de su doctrina- es material que ha aparecido en documentos previos emanados del Soberano Pontífice mismo  y de los Concilios Ecuménicos de la Iglesia Católica.

La gran importancia de la Suprema haec sacra se basa en el hecho de que esta carta establece en forma completamente explícita algunas distinciones y explicaciones que estaban claramente implícitas y que fueron enfáticamente enseñadas en documentos autoritativos de la Iglesia Católica previos, pero nunca antes habían sido expresados en estos pronunciamientos autoritativos tan explícitamente como en los escritos de los teólogos Católicos tradicionales. Entre estas enseñanzas se encuentran: 1) la afirmación de que la Iglesia Católica es necesaria para la salvación con necesidad de medio y de precepto2) el hecho de que cuando describimos a un individuo que está convencido de que la Iglesia Católica ha sido establecida realmente por Nuestro Señor, y que aún así rechaza obstinadamente entrar en la Iglesia, como estando en una condición en la cual no puede obtener la salvación eterna, estamos hablando de la necesidad de la Iglesia de precepto más bien que de su necesidad de medio; 3) la distinción explícita entre el deseo explícito e implícito de entrar a la Iglesia4) la rotunda aserción de que aquel que tiene meramente un deseo implícito de entrar en la Iglesia puede salvarse5) el hecho de que ninguna voluntad o deseo de entrar en la Iglesia puede ser efectivo para la obtención de la salvación eterna a menos de ser iluminada por la vera fe sobrenatural y animada por la caridad perfecta.

Otras enseñanzas de la 


     [1] Nota del Blog: del hemisferio norte.

 

[2] Itaque Eminentissimi ac Rev.mi Patres Cardinales Supremae huius S. Congregationis, in conventu plenario, Feria IV, die 27 iulii 1949 habito, decreverunt, et Augustus Pontifex in audientia sequentis Feriae V, diei 28 iulii 1949, approbare dignatus est, ut dentur explanationes quae sequuntur, ad doctrinam pertinentes, itemque invitamenta atque exhortationes, quae ad disciplinam spectant, tradantur:

Fide divina et catholica ea omnia credenda tenemur, quae in Verbo Dei scripto vel tradito continentur, et ab Ecclesia non tantum solemni iudicio, sed etiam ordinario et universali magisterio tamquam divinitus revelata credenda proponuntur (Dz. 1792).

Inter ea autem, quae semper Ecclesia praedicavit et praedicare numquam desinet illud quoque infallibile effatum continetur, quo edocemur ‘extra Ecclesiam nullam esse salutem’. Est tamen hoc dogma intelligendum eo sensu, quo id intelligit Ecclesia ipsa. Non enim privatis iudiciis explicanda dedit Salvator noster ea, quae in fidei deposito continentur, sed ecclesiastico magisterio.

 Et primum quidem Ecclesia docet, hac in re agi de severissimo praecepto Iesu Christi. Ipse enim expressis verbis Apostolis suis imposuit, ut docerent omnes gentes, servare omnia quae ipse mandaverat. Inter mandata autem Christi non minimum locum illud occupat, quo baptismo iubemur incorporari in Corpus mysticum Christi, quod est Ecclesia, et adhaerere Christo eiusque vicario, per quem ipse in terra modo visibili gubernat Ecclesiam. Quare nemo salvabitur, qui sciens Ecclesiam a Christo divinitus fuisse institutam, tamen Ecclesiae sese subiicere renuit vel Romano Pontifici, Christi in terris vicario, denegat oboedientiam.

 Neque enim in praecepto tantummodo dedit Salvator, ut omnes gentes intrarent Ecclesiam, sed statuit quoque Ecclesiam medium esse salutis, sine quo nemo intrare valeat regnum gloriae caelestis.

 Infinita sua misericordia Deus voluit, ut illorum auxiliorum salutis quae divina sola institutione, non vero intrinseca necessitate, ad finem ultimum ordinantur, tunc quoque certis in adiunctis effectus ad salutem necessarii obtineri valeant, ubi voto solummodo vel desiderio adhibeantur. Quod in sacrosancto Tridentino Concilio claris verbis enuntiatum videmus tum de sacramento regenerationis tum de sacramento paenitentiae (DS 1524 1543).

 Idem autem suo modo dici debet de Ecclesia, quatenus generale ipsa auxilium salutis est. Quandoquidem ut quis aeternam obtineat salutem non semper exigitur, ut reapse Ecclesiae tamquam membrum incorporetur, sed id saltem requiritur, ut eidem voto et desiderio adhaereat. Hoc tamen votum non semper explicitum sit oportet, prout accidit in catechumenis, sed ubi homo invincibili ignorantia laborat, Deus quoque implicitum votum acceptat, tali nomine nuncupatum, quia illud in ea bona animae dispositione continetur, qua homo voluntatem suam Dei voluntati conformem velit.

 Quae clare docentur in (Pii XII Litt. encycl.) … De mystico Iesu Christi Corpore. In iisdem enim Summus Pontifex nitide distinguit inter eos, qui re Ecclesiae tamquam membra incorporantur, atque eos, qui voto tantummodo Ecclesiae adhaerent…. ‘In Ecclesiae autem membris reapse ii soli adnumerandi sunt, qui regenerationis lavacrum receperunt veramque fidem profitentur neque a Corporis compage semet ipsos misere separaverunt vel, ob gravissima admissa, a legitima auctoritate seiuncti sunt’ (DS 3802). Circa finem autem earundem Litterarum encyclicarum, amantissimo animo eos ad unitatem invitans, qui ad Ecclesiae catholicae compagem non pertinent, illos commemorat, ‘qui inscio quodam desiderio ac voto ad Mysticum Redemptoris Corpus ordinentur’, quos minime a salute aeterna excludit, ex altera tamen parte in tali statu versari asserit, ‘in quo de sempiterna cuiusque propria salute securi esse non possunt … quandoquidem tot tantisque caelestibus muneribus adiumentis carent quibus in catholica solummodo Ecclesia frui licet’ (DS 3821).

 Quibus verbis providentibus tam eos reprobat, qui omnes solo voto implicito Ecclesiae adhaerentes a salute aeterna excludunt, quam eos, qui falso asserunt, homines in omni religione aequaliter salvari posse (cf. DS 2806 2865). Neque etiam putandum est, quodcumque votum Ecclesiae ingrediendae sufficere, ut homo salvetur. Requiritur enim ut votum, quo quis ad Ecclesiam ordinetur, perfecta caritate informetur ; nec votum implicitum effectum habere potest, nisi homo fidem habeat supernaturalem (Allegatur Hebr 11,6 et Conc. Trid., sess. n c. 8: DS 
 

II. PARTE

Otras enseñanzas de la 

1) El primer párrafo que hemos citado nos habla del carácter autoritativo de la carta. Los Cardenales de la Suprema Sagrada Congregación del Santo Oficio decretaron que se dieran estas explicaciones y el Santo Padre aprobó su decisión. Estamos en frente, pues, de un documento autoritativo. Sería un error por parte de cualquier doctor de la doctrina Católica ignorar o contradecir las enseñanzas contenidas en esta carta del Santo Oficio.

2) El siguiente párrafo repite casi palabra por palabra la afirmación del Concilio Vaticano en el tercer capítulo de su constitución dogmática Dei Filius al efecto de que “deben creerse con fe divina y católica todas aquellas cosas que se contienen en la palabra de Dios, se la Escritura o la Tradición y que son propuestas por la Iglesia para ser creídas como divinamente reveladas, ora por solemne juicio, ora por su ordinario y universal magisterio.” De todas formas, es interesante ver que donde la Dei Filius dice: “ora por solemne juicio, ora por su ordinario y universal magisterio”, la Suprema haec sacra dice “no solo por juicio solemne sino también por el magisterio ordinario y universal”. Su uso del “non tantum… sed etiam”, en lugar del “sive… sive”, manifiesta su convicción de que, al tratar sobre la explicación de la doctrina de que no hay salvación fuera de la Iglesia Católica, está tratando un tema que hasta entonces ha sido enseñado en su mayor parte por el magisterio ordinario de la Iglesia.

3) El párrafo anterior caracterizó la enseñanza de que no hay salvación fuera de la Iglesia Católica como una doctrina “que la Iglesia siempre ha predicado y que nunca dejará de predicar” y como una “afirmación infalible”. Éste afirma claramente que es un dogma, o en otras palabras, una de las enseñanzas que la Iglesia encuentra en la Escritura o en la tradición divino-apostólica y que, sea por juicio solemne, sea en su actividad doctrinal ordinaria y universal, presenta como algo que se debe creer como parte de la revelación pública divina. La Suprema haec sacra, no deja, pues lugar a ninguna opinión que afirme que esta doctrina pueda ser algo meramente relacionado con el depósito de la revelación divina. Esta verdad forma parte del mensaje sobrenatural comunicado por Dios por medio de Jesucristo Nuestro Señor.

La carta del Santo Oficio procede luego a establecer explícita y enfáticamente que el dogma significa exacta y solamente lo que la Iglesia entiende y enseña. En otras palabras, aquellos que escribían diciendo que los puntos de vista de los hombres se amplió en el curso de la historia reciente, y que por lo tanto, debemos buscar alguna nueva interpretación al axioma de que no hay salvación fuera de la Iglesia están completamente equivocados en la aproximación básica del problema. Cambiar actitudes culturales no tiene absolutamente nada que ver con la afirmación precisa y aceptable de lo que se quiere decir por medio de la doctrina de que no hay salvación fuera de la Iglesia. Nuestro Señor no dio esta verdad a los hombres como algo para ser interpretado  y explicado libremente y más o menos generosamente por medio de doctores privados. Definitivamente, no es algo que deba ser interpretado o explicado de forma tal que la Iglesia aparezca más moderna o al día. Lo que se debe enseñar a las personas sobre esta verdad es su significado real y preciso. Y el único organismo capacitado y comisionado para cumplir esta tarea de interpretación y enseñanza es el colegio apostólico, el Romano Pontífice y los Obispos Católicos asociados a él para formar la jerarquía doctrinal y jurisdiccional de la vera Iglesia del Nuevo Testamento.

En este tema será bueno referirse a la sección de la alocución 

“Cristo nuestro Señor confió a los apóstoles, y por medio de ellos a sus sucesores, la verdad que trajo del cielo; envió a los apóstoles, como su Padre le envió a El (

Sobre todo en los últimos años ha habido algunos intentos ingeniosos para interpretar el dogma de la necesidad de la Iglesia para la salvación. El único estándar por el cual pueden ser evaluados propiamente estos intentos es el de la enseñanza del magisterio eclesiástico. Esta es la enseñanza que la 

Un examen del texto de la 

4) Así, la carta muestra el hecho de que la Iglesia Católica puede decirse necesaria para la salvación, en un sentido, porque es algo que Nuestro Señor ha ordenado o dado un precepto de que todos deben entrar en ella. Es su mandato explícito, dado a nosotros por medio de Sus apóstoles, que todos Sus preceptos deben ser observados. Así, aquel que enseña que los no-miembros de la vera Iglesia deben ser dejados en paz ya que, en su opinión, están ya en una posición que es satisfactoria con referencia a Nuestro Señor, está violando directamente el precepto de Nuestro Señor.

5) El siguiente párrafo es una afirmación autoritativa en el sentido de que tenemos un precepto preciso y muy importante de Nuestro Señor “el incorporarnos al Cuerpo Místico de Cristo, que es la Iglesia, por medio del bautismo y el permanecer unidos a Cristo y a Su Vicario, por medio del cual gobierna la Iglesia de manera visible”. Es muy importante entender cómo se encuentra este mandato en las fuentes de la divina revelación pública.

El Evangelio de 

“Y llegándose 

Id, pues, y haced discípulos a todos los pueblos bautizándolos en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo;

enseñándoles a observar todo cuanto os he mandado. Y mirad que Yo con vosotros estoy todos los días, hasta la consumación del siglo”

La misma idea se encuentra en el último capítulo del evangelio según 

“Id por el mundo entero, predicad el Evangelio a toda la creación.

Quien creyere y fuere bautizado, será salvo, mas quien no creyere, será condenado”

El bautismo es, por supuesto, el sacramento de entrada a la Iglesia. La fuerza del carácter bautismal es tal que a menos que sea impedido por herejía o apostasía públicos, cisma o excomunión vitandus, hace que quien lo posee sea miembro de la vera Iglesia de Jesucristo sobre la tierra. Al dar el mandato de que Sus discípulos administraran el sacramento del bautismo, Nuestro Señor estaba, por supuesto, imponiendo claramente sobre aquellos que escuchan la predicación de sus seguidores, la obligación de recibir este sacramento de la regeneración.

El segundo capítulo de los Hechos de los Apóstoles muestra que los Apóstoles habían entendido desta manera los mandatos de Nuestro Señor. Cuando, al terminar 

“Al oír esto ellos se compungieron de corazón y dijeron a 

Así 

6) Del hecho de que la Iglesia es necesaria para la salvación eterna con una genuina necesidad de precepto, la carta del Santo Oficio saca la conclusión que “nadie que conozca que la Iglesia ha sido divinamente establecida por Cristo, y aún así rechaza el someterse a la Iglesia o rehúsa la obediencia al Romano Pontífice, el Viario de Cristo sobre la tierra, va a salvarse”. Se debe notar que esta conclusión es la expresión práctica del significado de la necesidad de precepto de la Iglesia. De ninguna manera es, ni en sí misma ni en el contexto de la Suprema haec sacra, una expresión del significado último y completo del dogma de la necesidad de la Iglesia para la salvación”.

7) La carta del Santo Oficio es el primer documento autoritativo en destacar en forma completamente explícita la enseñanza de que la Iglesia es necesaria para la salvación con necesidad de precepto y con necesidad de medio. Se dice que algo es necesario para la salvación con necesidad de precepto cuando ha sido ordenado de tal forma que si la persona desobedece esta orden, es reo de pecado mortal. Por otra parte, un medio necesario para la salvación es algo que el hombre debe tener para obtener la salvación eterna. Esta necesidad obliga incluso cuando no hay pertinacia de parte del individuo que no pese el medio. La Iglesia Católica, el vero reino de Dios del Nuevo Testamento es, según el texto de la Suprema haec sacra, una realidad “sin la cual nadie puede entrar en el reino de la gloria eterna”. Esta, y no la afirmación sobre las personas que rechazan obstinadamente entrar en la Iglesia cuando conocen que es la verdadera, es la explicación de la necesidad de medio de la Iglesia.
 
 

[1] Mt. XXVIII, 18-20.

 

[2] Mc. XVI, 15-16.

 
[3] Act. II, 37-38.
III. PARTE
 

8) Este párrafo trae dos verdades sobre la Iglesia como medio necesario para la salvación. Primero, el hecho de que la Iglesia es un medio necesario para la salvación solamente por divina institución y no por una necesidad intrínsecaSegundo, el hecho de que los medios necesarios para la salvación por divina institución pueden producir sus efectos, como dice el documento, “en ciertos casos” cuando solo hay un deseo de poseer estas cosas.

8a) Cuando el documento clasifica a la Iglesia Católica como un medio de salvación necesario sólo por institución divina y no por necesidad intrínseca, menciona igualmente otras dos realidades que también son requeridas para obtener la salvación en esta forma particular. Estos son los sacramentos del bautismo y penitencia. Ambos son necesarios para la salvación y como medios establecidos por Dios para la obtención de este fin.

En otras palabras, no hay razón, excepto la voluntad positiva de Dios por la cual un lavado con agua llevado a cabo mientras la persona que administra el sacramento pronuncia una cierta fórmula deba ser necesaria para la obtención de la Visión Beatífica. No hay razón excepto la voluntad positiva de Dios por la cual a un hombre culpable de pecado mortal cometido después del bautismo no se le pueda perdonar ese pecado si no es por medio de una absolución judicial pronunciada por un sacerdote autorizado. Ni el bautismo ni el sacramento de la penitencia son por su propia natura parte de la misma vida sobrenatural como lo son la gracia santificante y la caridad.

De la misma manera, es por la voluntad positiva de Dios que los hombres deben estar dentro de una sociedad organizada a fin de obtener el perdón de los pecados o la beatitud final. Fe, esperanza y caridad son en realidad partes de la vida sobrenatural. Es imposible tener la vida de la gracia en este mundo, y por lo tanto, imposible salir de este mundo con la vida de la gracia, si no es por medio de la fe, esperanza y caridad. La vida de la Visión Beatífica en el cielo incluye necesariamente la caridad.

Esto debe ser bien entendido: en cualquier caso que los hombres y mujeres que acepten la enseñanza sobrenatural de Dios con acto de fe divina, y amen a Dios con amor sobrenatural de amistad llamado caridad, pertenecerían al reino de Dios sobre la tierra. Estas personas serían, en todo caso, los individuos que se someterían a la ley sobrenatural de Dios y por lo tanto pertenecerían a Su reino sobrenatural en este mundo. Pero, de hecho, Dios ha querido que Su reino sobrenatural sea una sociedad completamente organizada. En Su misericordia ha decretado que de ninguna manera haya otra unidad social que pueda ser llamada con propiedad Su reino o Su ecclesia. Si alguien ha de pertenecer al reino sobrenatural de Dios sobre la tierra, ha de pertenecer de alguna manera a la Iglesia Católica visible, la sociedad religiosa sobre la cual preside el Obispo de Roma como Vicario de Jesucristo.

 

8b) La Suprema haec sacra trae luego a colación el hecho de que en los designios misericordiosos de la providencia de Dios, tales realidades como la misma Iglesia y los sacramentos de bautismo y penitencia pueden, bajo ciertas circunstancias, producir los efectos que están destinados a producir como medios necesarios para la obtención de la salvación eterna, cuando el hombre las posee solamente en el sentido de desear tenerlos o usarlos. Obviamente, el texto no se puede entender a menos que entendamos cuáles son realmente esas «ciertas circunstancias» mencionadas en el texto.

Una circunstancia fundamental entre éstas es la genuina imposibilidad de recibir los sacramentos de bautismo o de penitencia o de entrar a la Iglesia como miembro. Es bastante obvio que si es posible que el hombre se bautice, vaya a confesión y reciba la absolución sacramental, o de realmente ser miembro de la vera Iglesia, y no lo hace no va a obtener la salvación eterna a menos que haga uso destos medios. Pero, por otra parte, si el uso efectivo destos medios es realmente imposible, entonces se podrá obtener la salvación eterna por la voluntad o deseo de usarlos.

Aquí, por supuesto, 

Como nos recuerda el texto de la 

9) La expresión «un medio general de salvación» (generale… auxilium salutis)aplicado a la Iglesia Católica en el texto de la carta del Santo Oficio describe a la Iglesia como algo que, por los decretos misericordiosos de Dios, es un medio de salvación para todos y necesarios a todos los hombres sin excepción. De ninguna manera es sólamente necesaria para la salvación para aquellos que han oído de ella. Tampoco es necesaria meramente para aquellos que aspiran a niveles más altos de la vida espiritual. Es un medio y un auxilio para todos los hombres sin excepción.

Así, pues, en palabras del documento del Santo Oficio «

10) Los párrafos anteriores de la carta del Santo Oficio han mostrado la validez de dos distinciones, contenidas en muchos lugares en las obras tradicionales de la teología Católica, pero que nunca antes habían sido afirmadas tan explícitamente en un documento autorizado de la Santa Sede. La primera fue la distinción entre la necesidad de medios y la necesidad de precepto. La segunda la necesidad de pertenecer a la Iglesia in rein voto. Esta segunda distinción se usa en teología y en el texto de la Suprema haec sacra, para explicar de qué forma la Iglesia es un medio genuinamente necesario para todos los hombres para la obtención de la salvación eterna.

El presente párrafo explica la distinción entre el votum  de entrar a la Iglesia explícito y el implícito y enseña que incluso el votum implícito puede ser efectivo para la obtención de la vida eterna. Enseña que «no se requiere que este deseo (de entrar a la vera Iglesia como miembro) sea explícito como es el caso de los catecúmenos, pues cuando una persona se encuentra en ignorancia invencible, Dios acepta también un deseo implícito, llamado así porque está incluido en la buena disposición del alma por la cual la persona desea conformar su voluntad a la de Dios«.

Aquí se debe notar que según el lenguaje de la Suprema haec sacra y de todos los otros documentos autorizados que han tratado sobre esta materia, el deseo de entrar a la Iglesia no le da al hombre algo así como «una real aunque incompleta pertenencia a la Iglesia»[1]. Aquellos que, como el P. San Juan, hablan de esta forma, simplemente no consideran el significado de las expresiones en los documentos de la Iglesia. Aquel que quiere entrar en la Iglesia no es en modo alguno miembro de ella. Si fuera miembro, su deseo sería absurdo.

La Suprema haec sacra describe un deseo explícito de entrar a la Iglesia como algo que se encuentra en los catecúmenos. Este es un adulto que se prepara para entrar a la Iglesia de Jesucristo por medio de la recepción del sacramento del bautismo. Se dice que su deseo es explícito ya que tiene un conocimiento claro y distinto (aunque no necesariamente adecuado) de la sociedad a la que quiere entrar. En otras palabras, es alguien que conoce que la Iglesia Católica es la vera Iglesia de Jesucristo y que quiere ser miembro de esa Iglesia por medio de la recepción del bautismo.

Por el contrario, el hombre tiene solamente un dese implícito cuando quiere algo pero no se da cuenta claramente qué es lo que desea. La palabra «implícito» tiene el sentido de algo «plegado». Cuando el hombre desea un objeto que no puede ser alcanzado sin la obtención de algo más y no tiene un conocimiento claro y distinto de esta otra cosa, se dice que tiene un deseo implícito de esta última.

La Suprema haec sacra afirma explícitamente que es posible que un hombre se salve con sólo tener un deseo implícito de entrar en la Iglesia Católica. Así, pues, enseña que un hombre puede obtener la Visión Beatífica sin haber tenido un conocimiento preciso y explícito de la Iglesia Católica durante el curso de su vida terrestre.

 


[1] Cfr. Enrique de San Juan O.P., Ensayos sobre la unidad Cristiana: 1928-1954 (Westminster, Maryland: The Newman Press, 1955), p. 139.
 
IV. PARTE

11) En este párrafo el documento del Santo Oficio cita el pasaje de la Mystici Corporis que trata sobre la pertenencia a la Iglesia, el genuino reino sobrenatural de Dios en el Nuevo Testamento. En este contexto es interesante notar que el texto de la Mystici Corporis no implica que haya otra clase de pertenencia real aunque incompleta en posesión de personas que no tienen las calificaciones mencionadas aquí. La encíclica enseña sobre aquellos que de hecho (reapse) deben ser contados como miembros de la Iglesia. Insiste en que sólo aquellos que tengan las calificaciones mencionadas deben ser enumerados reapse como miembros. Todos los demás, pues, son no-miembros.

Además, ésto de ninguna manera implica que la palabra «reapse» en el texto de la Mystici Corporis es una mera redundancia. Si fuera así, entonces palabras como «genuinamente» y «verdaderamente» no formarían parte de ningún vocabulario. Además, la palabra «reapse» tal como es usada aquí, conecta esta enseñanza de Pío XII con la doctrina tradicional de los teólogos Católicos que distinguían entre pertenecer a la Iglesia «in re«, esto es, como miembro, y pertenecer a ella «in voto«, esto es, por un deseo o intención de entrar a ella como miembro.

12) El siguiente párrafo muestra que la Mystici Corporis enseñó muy claramente que hay posibilidad de salvación para los no-miembros de la Iglesia Católica que desean entrar en esta sociedad con un deseo meramente implícito. En la encíclica el Santo Padre había afirmado que no pueden estar seguros de su eterna salvación y había dado razones para justificar esta afirmación. Obviamente, pues, sin posibilidad alguna de error, había afirmado implícitamente que realmente existe posibilidad de salvación eterna para estos individuos.

13) La Suprema haec sacra muestra que el texto de la Mystici Corporis, particularmente aquellas secciones de la encíclica mencionadas por la carta del Santo Oficio, reprueba dos errores mutuamente opuestos. El primer error condenado en la Mystici Corporis es aquel según el cual aquel que solamente tiene un deseo implícito de entrar a la Iglesia Católica está en una situación en la cual le es imposible obtener la salvación eterna. El segundo error reprobado es aquel que sostiene que los hombres pueden salvarse igualmente en cualquier religión. Aquellos que enseñaron cualquiera de los errores después de la publicación de la Mystici Corporis son culpables de ignorar o desafiar la autoridad del Soberano Pontífice, enseñando en su actividad o magisterium doctrinal ordinaria.

Las mayorías de las traducciones de la Suprema haec sacra traducen «aequaliter» como «igualmente bien». No considero estas dos expresiones como exactamente equivalentes en el contexto de la carta del Santo Oficio. La Mystici Corporis enseña claramente en forma implícita y la Suprema haec sacra en forma completamente explícita que los hombres pueden salvarse solamente «dentro» de la Iglesia Católica. Pueden estar «dentro» de esta sociedad a fin de obtener la salvación en ella sea como miembro de esta organización o como personas que buscan verdaderamente, incluso aunque sea de forma implícita, unirse a ella. No existe otra religión «dentro» de la cual el hombre puede obtener la Visión Beatífica. Sería una crasa afirmación incompleta decir que los hombres no pueden salvarse «igualmente bien» en cada religión. La única dentro de la cual pueden obtener su fin último sobrenatural es la Iglesia Católica. Así, parecería que el significado del término latino «aequaliter» en su contexto en la carta del Santo Oficio, se expresa mejor por el término «igualmente», más bien que «igualmente bien».

14) En algún sentido este último párrafo en la sección doctrinal de la Suprema haec sacracontiene su contribución más importante a la sección de la sagrada teología que trata sobre la necesidad de la Iglesia para la salvación eterna. El Santo Oficio insiste aquí que es un error pensar «cualquier clase de intención de entrar a la Iglesia es suficiente para salvarse«. Establece que ningún deseo de entrar a la Iglesia puede ser efectivo a menos que esté animado o informado por la perfecta caridad e iluminado por la fe sobrenatural.

La expresión «caridad perfecta», en el contexto de la Suprema haec sacra significa un amor de amistad genuino y sobrenatural basada en el conocimiento de la fe divina. En otras palabras, es un amor de Dios conocido según lo que Él nos ha dicho sobre Sí mismo en la revelación pública divina. En el amor de caridad, distinto del amor de Dios meramente natural que definitivamente no es suficiente para la obtención de la salvación eterna, hay un amor de amistad a Dios conocido, por lo menos en forma confusa, en la Trinidad de sus Personas.

Esta caridad es distinta del afecto sobrenatural de esperanza, en el cual el hombre ama al Dios trino como a su propio último Fin. Es distinto del amor inicial del cual habla el Concilio de Trento, en cuanto que esta caridad es un amor de benevolencia y amistad fundado en una posesión común. Este bien común es la misma natura divina que es la deidad y que es compartida por aquel que vive la vida de la gracia santificante.

La carta del Santo Oficio también enseña que «ningún deseo explícito puede producir su efecto(de la salvación eterna) a menos que el hombre tenga fe sobrenatural». Aquí es imperativo recordar que el documento habla de esa fe que es definida por el Concilio Vaticano como «la virtud sobrenatural por la cual, con el impulso y auxilio de la gracia de Dios, creemos como verdaderas aquellas cosas que ha revelado, no por su verdad intrínseca, vista a la luz de la razón natural, sino a causa de la autoridad del mismo Dios que las revela, que no puede ni engañar ni engañarnos». Esta es la fe que el mismo Concilio Vaticano describió como «el comienzo de la salvación humana».

En el texto de la Suprema haec sacra se nos recuerda que la necesidad de esta fe sobrenatural existe incluso cuando hay solamente un deseo implícito de entrar a la Iglesia. En otras palabras, es posible que haya un hombre que obtenga la salvación sin tener una noción clara de la Iglesia y desea entrar a ella solamente en cuanto desea hacer todas las cosas que Dios quiere que haga. El deseo de entrar a la Iglesia puede estar implícito en el deseo de agradar a Dios y de obtener la salvación. Pero al mismo tiempo debe haber alguna verdad sobrenatural explícita, revelada de hecho por Dios y aceptada de hecho como verdadera basado en la autoridad de Dios revelante, de parte de todo hombre que obtiene la salvación eterna.

Cuando el deseo es meramente implícito, entonces la fe del hombre en las verdades divinamente reveladas sobre la Iglesia, es igualmente implícita. El punto de la carta del Santo Oficio aquí es precisamente que debe existir un contenido explícito y definido para cualquier acto de una genuina fe sobrenatural. Para que el hombre se salve debe aceptar como verdadero, basado en la autoridad de Dios que revelante, la enseñanza que Dios ha comunicado al mundo como Su mensaje público y sobrenatural.

Las siguientes son, pues, las enseñanzas explícitas tomadas del texto de la Suprema haec sacra:

1) La doctrina de que no hay salvación fuera de la Iglesia Católica es un dogma de la Iglesia Católica.

2) Este dogma siempre ha sido y siempre será enseñado infaliblemente por el magisterio de la Iglesia.

3) El dogma debe ser entendido y explicado de la forma en que el magisterio de la Iglesia lo entiende y explica.

4) La Iglesia es necesaria para la salvación tanto como necesidad de precepto como de medio.

5) Puesto que la Iglesia es necesaria para la salvación con necesidad de precepto, nadie que conozca que la Iglesia Católica ha sido divinamente instituida por Nuestro Señor y aun así rechaza entrar o permanecer en ella puede obtener la salvación eterna.

6) La Iglesia es un medio general y necesario de salvación, no en razón de una necesidad intrínseca, sino solamente por propia institución de Dios, esto es, porque Dios en Su sabiduría misericordiosa la ha establecido como tal.

7) Para que el hombre pueda salvarse «dentro» de la Iglesia, no es siempre necesario que pertenezca a la Iglesia in re, de hecho como miembro, sino que a veces puede ser suficiente pertenecer a ella como aquel que desea o quiere estar en ella. En otras palabras, para aquel que pertenece a la Iglesia solamente en deseo o in voto es posible salvarse.

8) Es posible para este deseo de entrar a la Iglesia ser efectivo, no solo cuando es explícito, sino también (cuando la persona es invenciblemente ignorante de la vera Iglesia) incluso cuando ese deseo o votum es meramente implícito.

9) La Mystici Corporis reprobó tanto el error de los que enseñan la imposibilidad de salvación para aquellos que solamente tienen un deseo implícito de entrar a la Iglesia y la falsa doctrina de los que afirman que los hombres pueden encontrar la salvación igualmente en cualquier religión.

10) Ningún deseo de entrar a la Iglesia puede ser efectivo para la salvación a menos que esté iluminado por la fe sobrenatural y animado o motivado por la caridad perfecta.

 
 

3 respuestas »

  1. dice, Moimunan, al principio de este artículo, que esta carta «pasó a formar parte de las AAS en 1952″, es decir que como incluida en esas Actas de la Sede Apostólica debe ser tenida como la misma palabra del papa y del magisterio de la Iglesia, sin embargo en otro artículo posterior, también de 2015, el titulado »La excomunión del Padre Feeney S.J. (II)’, asegura que esta carta «no vino firmada por el papa Pío XII, nI fue añadida al elenco de las AAS», ¿en qué quedamos?¿quizá primero se dejó embaucar por ese Fenton que dice que la carta «Es una instrucción del Santo Oficio, enviado (sic) con la aprobación y por el mandato supremo del Soberano Pontífice mismo»?¿quizá en medio año ha recapacitado vd. mejor sobre las cosas que dice ese supuesto documento del Santo Oficio y ha cambiado de parecer y donde digo digo digo Diego? porque la carta contiene aseveraciones que rayan lo escandaloso y son cuando menos temerarias, como que «para obtener la salvación eterna no siempre se requiere el ser incorporado en la Iglesia de hecho como miembro, sino que se requiere que esté unido a ella por lo menos de deseo o intención», esto es una apología de la cobardía y la defección y una negación de la fe, que nos pide confesarla con la boca y no meramente guardarla interiormente, o también dice: «no se requiere que este deseo sea explícito (…) pues cuando una persona se encuentra en ignorancia invencible, Dios acepta también un deseo implícito, llamado así porque está incluido en la buena disposición del alma por la cual la persona desea conformar su voluntad a la de Dios.», ¿pero qué es eso de una ignorancia invencible?¿es que la ignorancia no puede ser siempre ilustrada y vencida por la adecuada instrucción y la verdad? la ignorancia no es nunca invencible, en todo caso será culposa, lo que sí puede ser invencible es la imperdonable negligencia y falta del valor y santo espíritu para predicarla los que deberían hacerlo, e invencible, para su mal, es el empecinamiento de la persona en no reconocer la verdad, pero para esa no es la salvación, evidentemente, «el que no obedece al Hijo no verá la vida» (Jn. 3,36), ni puede formar parte de la Iglesia, San Pablo dice que aun los que por la sola luz de la razón natural no conocen y reconocen a Dios son inexcusables, afirmar, como se hace aquí, con palabras que son, supongo, de ese zámbigo de Monseñor Joseph Clifford Fenton, que esta carta es «Por lejos la más completa y explícita declaración autoritativa del ‘magisterium’ eclesiástico sobre la necesidad de la Iglesia para la salvación», suena a pitorreo, porque además la carta es mentirosa al pretender basarse en la encíclica ‘Mystici Corporis Christi’ de Pío XII y afirmar que en ella el papa «distingue claramente entre aquellos que están realmente incorporados a la Iglesia y aquellos unidos a ella sólo por deseo», pues en ninguna parte dice la encíclica que la Iglesia tenga miembros unidos a ella sólo por el deseo (y por cierto, la encíclica del 29 de junio, no del 23 como dice, que supongo que no será una forma de escurrir el bulto y decir que no hablan de esa, ja ja), y en fin, se me antoja que esa supuesta carta del Santo Oficio no es más que una hechura de los enemigos infiltrados en la Iglesia que supieron aprovecharse de las poco claras y hasta imprudentes palabras de la Mystici Corporis que de los que no están en la Iglesia pero sienten deseos de estarlo dice que «no pueden estar seguros de su propia salación eterna» (46), pero esto es sólo describir un hecho y una situación y no cabe colegir de ahí que el papa piense que se podrán salvar fuera de la Iglesia, más bien Pío XII denuncia «el grave error de los que a su arbitrio se forjan una Iglesia latente e invisible (…) el funesto error de los que sueñan con una Iglesia ideal, a manera de sociedad alimentada y formada por la caridad» (30) (¿y qué es una Iglesia invisible sino la que no tiene sacramentos?), pues Cristo «rehusa habitar con la gracia santificante en los miembros totalmente separados del Cuerpo.» (26), «Hállanse, pues, en un peligroso error quienes piensan que pueden abrazar a Cristo, Cabeza de la Iglesia, sin adherirse fielmente a su Vicario en la tierra.» (17), «se apartan de la verdad divina aquellos que se forjan la Iglesia de tal manera que no pueda ni tocarse ni verse» (7), ni muy prudentes parecen otras como eso de estar fuera de la Iglesia pero «ordenados al Cuerpo místico del Redentor» (46), o como hablar de ser de Cristo «hermanos según la carne» (6, 20), la fe en Él es lo que puede hacernos hijos de Dios y por tanto hermanos de Cristo, como dice San Juan (Jn. 1,12), ¿y cómo puede hacernos hermanos de Cristo lo que, según el mismo Cristo, no vale nada? (Jn. 6,63), pues tengo para mí que gentes malévolas que en altos puestos del Vaticano pretendieron corromper la Iglesia se aprovecharon de esas expresiones creo que no muy felices de Pacelli para sus siniestros y revolucionarios fines subversivos hinchando cualquier mínima ocasión para esa supuesta y salvífica pertenencia a la Iglesia por el mero deseo, si conocen la Iglesia y persisten en no entrar en ella, si conocen a Cristo y lo rechazan, eso no es ciertamente una vía de salvación, al contrario, es incrementar su culpa, pues no siendo ignorantes del camino de la salvación, lo despreciaron, en resolución, que la carta de marras tiene todas las trazas de ser, en efecto, de la gente non sancta de la «Sagrada Congragación del Santo Oficio», como dice, gracias a la cual congragación y al impagable y lúcido trabajo de Monseñor Fenton podemos al fin distinguir «la distinción explícita entre el deseo explícito e implícito» ja ja, y así nació esa carta que bien podría llamarse, y pretenden que aprobada por Pío XII, la Carta Magna del Ecumenismo, que a partir de entonces, y consolidado en el Concilio, van a enseñar al mundo el dogma de la salvación como Dios manda y como sólo la jerarquía del Cuerpo Místico de Cristo sabe y está autorizada a interpretar y por fin sabremos, de una vez por todas, que «Lo que se debe enseñar a las personas sobre esta verdad es su significado real y preciso.», menos mal que el inquieto Eugenio supo rodearse de admirables sabios como estos para que así sea

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